CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CLOUDCAR SpA

RUT 17702291-8 CVE 1884423
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2021
Notario
ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría de Santiago con oficio en la calle Agustinas número 1.070
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) el desarrollo, ejecución, implementación, administración y enajenación de programas computacionales y proyectos de innovación tecnológicas, en particular referidos a la implementación de una plataforma que permita integrar una serie de productos y servicios existentes en la industria automotriz, incluyendo la prestación por parte de la misma Sociedad de servicios de tecnología y de soporte técnico; b) La compra, venta, adquisición, explotación e inversiones en cualquier clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, ya sea nacionales o extranjeros; c) La prestación de toda clase de asesorías, tanto profesionales como técnicas; d) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; y g) En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago con oficio en la calle Agustinas número 1.070, segundo piso, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de enero de 2021 , bajo repertorio número 1147-2021, ante mí, (i) Martín Andrés Luna Ilabaca, cédula de identidad número 17.702.291-8, domiciliado en calle Teniente Merino número 1100, bloque 4, comuna de Buin, Región Metropolitana; (ii) Pablo de Cárcer Goycoolea, cédula de identidad número 18.019.039-2, domiciliado en Agustín del Castillo número 2330, departamento 202, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y (iii) Lukas David Burns Krassa, cédula de identidad número 18.019.150-k, domiciliado en El Radal número 221, bloque D, departamento 61, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “CLOUDCAR SpA”; Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) el desarrollo, ejecución, implementación, administración y enajenación de programas computacionales y proyectos de innovación tecnológicas, en particular referidos a la implementación de una plataforma que permita integrar una serie de productos y servicios existentes en la industria automotriz, incluyendo la prestación por parte de la misma Sociedad de servicios de tecnología y de soporte técnico; b) La compra, venta, adquisición, explotación e inversiones en cualquier clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, ya sea nacionales o extranjeros; c) La prestación de toda clase de asesorías, tanto profesionales como técnicas; d) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; y g) En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero; Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en dinero en efectivo de la siguiente manera: (i) Pablo de Cárcer Goycoolea suscribe 415 acciones, por un monto de $415.000 pesos, que paga en este acto al contado; (ii) Martín Andrés Luna Ilabaca suscribe 415 acciones, por un monto de $415.000 pesos, que paga en este acto al contado; (iii) Lukas Davis Burns Krassa subscribe y 70 acciones, por un monto de $70.000 pesos, que paga en este acto al contado; y, (iv) las 100 acciones emitidas restantes, se destinarán para ser ofrecidas a los trabajadores de la Sociedad en un plazo máximo de 5 años contados desde esta fecha en las condiciones que en definitiva determinen los administradores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de enero de 2021.