CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES MANZO & LOPEZ LIMITADA

RUT 16015606-6 CVE 1884135
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de enero de 2021
Notaría
Arica
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2021
Notario
CARLOS URBINA RESZCZYNSKI Abogado
Oficio
Tercera Notaría de Arica
Comuna
Arica

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Arica
Duración
5 años renovables conforme pacto social

Objeto social

El objeto de la sociedad será el transporte de mercaderías o productos, subcontratados de transportes, fletes y contratación de fletes a comisión, estacionamientos, transporte dentro y fuera del país tanto por vía terrestre, como por vía aérea y)o marítima, pudiendo emplear para ello vehículos y medios de transporte propios o arrendados y efectuar toda otra actividad o negocio que los socios acuerden relacionados con el giro, como asimismo, en general realizar todas las actividades comerciales e industriales y de servicios relacionados directa o indirectamente con las anteriores, y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. Pudiendo dedicarse la sociedad a otros negocios, actividades o servicios de cualquier índole que los socios determinen dentro de su giro, tanto en el país como en el extranjero

Administración

Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios conjuntamente, con facultades señaladas en la clausula cuarta, del pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS URBINA RESZCZYNSKI Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Arica, con oficio en calle Rafael Sotomayor N° 301, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 13 de enero de 2021, ante don ALVARO AUGUSTO GUZMAN RIVEROS, Abogado, Notario Público Suplente del Titular ya nombrado, LINA MARGARITA LOPEZ VALENCIA, chilena, empresaria, RUT. N°16.015.606-6, y LUIS MIGUEL MANZO LOPEZ, chileno, empresario, RUT. N° 15.967.083-K, ambos domiciliados en Avenida Las Torres N°175, comuna Quilicura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad limitada denominada "TRANSPORTES MANZO & LOPEZ LIMITADA”, nombre de fantasía la expresión “MANZO TRASPORTE LTDA.”. Objeto social: El objeto de la sociedad será el transporte de mercaderías o productos, subcontratados de transportes, fletes y contratación de fletes a comisión, estacionamientos, transporte dentro y fuera del país tanto por vía terrestre, como por vía aérea y/o marítima, pudiendo emplear para ello vehículos y medios de transporte propios o arrendados y efectuar toda otra actividad o negocio que los socios acuerden relacionados con el giro, como asimismo, en general realizar todas las actividades comerciales e industriales y de servicios relacionados directa o indirectamente con las anteriores, y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. Pudiendo dedicarse la sociedad a otros negocios, actividades o servicios de cualquier índole que los socios determinen dentro de su giro, tanto en el país como en el extranjero.- Administración: Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios conjuntamente, con facultades señaladas en la clausula cuarta, del pacto social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Arica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en el resto del país o el extranjero. Duración: 5 años renovables conforme pacto social.- Capital: $15.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña LINA MARGARITA LOPEZ VALENCIA, aportará el 50% del capital social, $7.500.000.- pesos de la siguiente forma: A.) $5.000.000.- pesos al contado, en dinero efectivo y en este acto, que ingresa al patrimonio social. B.) $2.500.000.- pesos que ingresaran al patrimonio social a medida de las necesidades de la empresa en un plazo de 2 años. b) don LUIS MIGUEL MANZO LOPEZ aportará el 50% del capital social, $7.500.000.- pesos de la siguiente forma: A.) $5.000.000.- pesos al contado, en dinero efectivo y en este acto, que ingresa al patrimonio social. B.) $2.500.000.- pesos que ingresaran al patrimonio social a medida de las necesidades de la empresa en un plazo de 2 años.- Socios limitan responsabilidad hasta monto sus aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Arica, 20 de enero del 2021.-