TRANSPORTES MANZO & LOPEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2021
- Notario
- CARLOS URBINA RESZCZYNSKI Abogado
- Oficio
- Tercera Notaría de Arica
- Comuna
- Arica
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Arica
- Duración
- 5 años renovables conforme pacto social
Objeto social
El objeto de la sociedad será el transporte de mercaderías o productos, subcontratados de transportes, fletes y contratación de fletes a comisión, estacionamientos, transporte dentro y fuera del país tanto por vía terrestre, como por vía aérea y)o marítima, pudiendo emplear para ello vehículos y medios de transporte propios o arrendados y efectuar toda otra actividad o negocio que los socios acuerden relacionados con el giro, como asimismo, en general realizar todas las actividades comerciales e industriales y de servicios relacionados directa o indirectamente con las anteriores, y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. Pudiendo dedicarse la sociedad a otros negocios, actividades o servicios de cualquier índole que los socios determinen dentro de su giro, tanto en el país como en el extranjero
Administración
Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios conjuntamente, con facultades señaladas en la clausula cuarta, del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS URBINA RESZCZYNSKI Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Arica, con oficio en calle Rafael Sotomayor N° 301, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 13 de enero de 2021, ante don ALVARO AUGUSTO GUZMAN RIVEROS, Abogado, Notario Público Suplente del Titular ya nombrado, LINA MARGARITA LOPEZ VALENCIA, chilena, empresaria, RUT. N°16.015.606-6, y LUIS MIGUEL MANZO LOPEZ, chileno, empresario, RUT. N° 15.967.083-K, ambos domiciliados en Avenida Las Torres N°175, comuna Quilicura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad limitada denominada "TRANSPORTES MANZO & LOPEZ LIMITADA”, nombre de fantasía la expresión “MANZO TRASPORTE LTDA.”. Objeto social: El objeto de la sociedad será el transporte de mercaderías o productos, subcontratados de transportes, fletes y contratación de fletes a comisión, estacionamientos, transporte dentro y fuera del país tanto por vía terrestre, como por vía aérea y/o marítima, pudiendo emplear para ello vehículos y medios de transporte propios o arrendados y efectuar toda otra actividad o negocio que los socios acuerden relacionados con el giro, como asimismo, en general realizar todas las actividades comerciales e industriales y de servicios relacionados directa o indirectamente con las anteriores, y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. Pudiendo dedicarse la sociedad a otros negocios, actividades o servicios de cualquier índole que los socios determinen dentro de su giro, tanto en el país como en el extranjero.- Administración: Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios conjuntamente, con facultades señaladas en la clausula cuarta, del pacto social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Arica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en el resto del país o el extranjero. Duración: 5 años renovables conforme pacto social.- Capital: $15.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña LINA MARGARITA LOPEZ VALENCIA, aportará el 50% del capital social, $7.500.000.- pesos de la siguiente forma: A.) $5.000.000.- pesos al contado, en dinero efectivo y en este acto, que ingresa al patrimonio social. B.) $2.500.000.- pesos que ingresaran al patrimonio social a medida de las necesidades de la empresa en un plazo de 2 años. b) don LUIS MIGUEL MANZO LOPEZ aportará el 50% del capital social, $7.500.000.- pesos de la siguiente forma: A.) $5.000.000.- pesos al contado, en dinero efectivo y en este acto, que ingresa al patrimonio social. B.) $2.500.000.- pesos que ingresaran al patrimonio social a medida de las necesidades de la empresa en un plazo de 2 años.- Socios limitan responsabilidad hasta monto sus aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Arica, 20 de enero del 2021.-