SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES RAMAQ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 1986
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.266.087 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, INVERSIONES RQG SpA, ALFONSO JAVIER QUEZADA OGAZ, INVERSIONES AQUATERRA LIMITADA, RAIMUNDO CARLOS JOSÉ QUEZADA OGAZ, MATÍAS ANDRÉS QUEZADA OGAZ, y la SUCESIÓN DE DOÑA MARÍA XIMENA OGAZ RODRÍGUEZ, compuesta por: RAIMUNDO ANGEL QUEZADA GIANNINI, RAIMUNDO CARLOS JOSÉ QUEZADA OGAZ, MATÍAS ANDRÉS QUEZADA OGAZ y ALFONSO JAVIER QUEZADA OGAZ, todos con domicilio para estos efectos en Coyancura N° 2.270, oficina 1.101, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES RAMAQ LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 07 de febrero de 1986, inscrita a Fojas 4.516, bajo el Número 2.342 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1986, modificación consistente en: Uno. Dar cuenta de la partición parcial efectuada de la herencia quedada al fallecimiento de doña María Ximena Ogaz Rodriguez, efectuada mediante escritura pública de fecha 18 de noviembre de 2020 otorgada en la Notaría de don Félix Jara Cadot, mediante la cual se procedió a la adjudicación de los derechos sociales que la causante detentaba en la sociedad, ascendentes al 15% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron adjudicados en la siguiente proporción: a) Don Raimundo Carlos José Quezada Ogaz, se le adjudicó el 5% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron valorizados en la suma de $122.165.625; b) Don Matías Andrés Quezada Ogaz, se le adjudicó el 5% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron valorizados en la suma de $121.799.861; y c) Don Alfonso Javier Quezada Ogaz, se le adjudicó el 5% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron valorizados en la suma de $121.799.861. Se deja expresa constancia que la adjudicación de derechos sociales efectuada cuenta con la expresa aceptación de todos los socios, quienes manifiestan su voluntad en tal sentido. De este modo, con motivo de la partición parcial y adjudicación de derechos sociales efectuada, deja de ser socio de la sociedad la Sucesión de doña María Ximena Ogaz Rodriguez, ingresa como socio don Alfonso Javier Quezada Ogaz y aumentan su participación en el capital social don Raimundo Carlos José Quezada Ogaz y don Matías Andrés Quezada Ogaz. Dos. Con motivo de la participación parcial y adjudicación de derechos sociales efectuada, se modifica el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social y su forma de enterarlo, en el sentido siguiente: El capital social asciende a la suma de $6.266.087, totalmente aportado y pagado por los socios en la siguiente proporción: a) Inversiones RQG SpA, la suma de $2.882.400, equivalentes al 46% del capital social; b) Inversiones Aquaterra Limitada, la suma de $814.591, equivalentes al 13% del capital social; c) Raimundo Carlos José Quezada Ogaz, la suma de $1.127.896, equivalentes al 18% del capital social; d) Matías Andrés Quezada Ogaz, la suma de $1.127.896, equivalentes al 18% del capital social; y e) Alfonso Javier Quezada Ogaz, la suma de $313.304, equivalentes al 5% del capital social. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la sociedad, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Noviembre de 2020. Alejandro Américo Álvarez Barrera. N.P.S.