MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES ALMARAQ LIMITADA

RUT 78017240-1 CVE 1883947
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de junio de 1990
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de junio de 1990
Notario
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, RAIMUNDO ÁNGEL QUEZADA GIANNINI, SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES RAMAQ LIMITADA, INVERSIONES RQG SpA, ALFONSO JAVIER QUEZADA OGAZ, RAIMUNDO CARLOS JOSÉ QUEZADA OGAZ, MATÍAS ANDRÉS QUEZADA OGAZ, todos con domicilio para estos efectos en Coyancura N° 2.270, oficina 1.101, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios, modificaron la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES ALMARAQ LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 05 de junio de 1990, inscrita a Fojas 16.651, bajo el Número 8.337 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1990, modificación consistente en: Uno. Dar cuenta del aporte en dominio de derechos sociales de la sociedad efectuado por don Raimundo Ángel Quezada Giannini a la sociedad Inversiones RQG SpA, según consta en escritura pública de fecha 15 de octubre de 2014, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Félix Jara Cadot, inscrita a Fj. 81.117, bajo el N° 49.472 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014. Don Raimundo Ángel Quezada Giannini aportó en dominio la totalidad de los derechos sociales de los que era propietario en la sociedad, ascendentes al 15% de los derechos sociales, los que fueron valorizados para estos efectos en la suma de $22.432.000. Se deja expresa constancia que el aporte en dominio de derechos sociales efectuado contó con la expresa aceptación de todos los socios, quienes manifiestan su voluntad en tal sentido. De este modo, con motivo del aporte en dominio de derechos sociales efectuado se retira de la sociedad don Raimundo Ángel Quezada Giannini e ingresa como socio Inversiones RQG SpA. Dos. Dar cuenta que con fecha 14 de octubre de 2015 falleció la socia doña María Ximena Ogaz Rodríguez. Con motivo del fallecimiento de doña María Ximena Ogaz Rodriguez, la participación que la Causante detentaba en la Sociedad quedo radicada en su sucesión, conformada por don Raimundo Ángel Quezada Giannini, don Raimundo Carlos José Quezada Ogaz, don Matías Andrés Quezada Ogaz y don Alfonso Javier Quezada Ogaz. Se deja expresa constancia que conforme lo dispuesto en el Artículo Undécimo de los estatutos societarios, la Sociedad no se disuelve por el fallecimiento de uno de los socios. Tres. Dar cuenta de la partición parcial efectuada de la herencia quedada al fallecimiento de doña María Ximena Ogaz Rodriguez, efectuada mediante escritura pública de fecha 18 de noviembre de 2020 otorgada en la Notaría de don Félix Jara Cadot, mediante la cual se procedió a la adjudicación de los derechos sociales que la causante detentaba en la sociedad, ascendentes al 10% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron adjudicados en la siguiente proporción: a) Don Raimundo Carlos José Quezada Ogaz, se le adjudicó el 3,34% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron valorizados en la suma de $7.582.543; b) Don Matías Andrés Quezada Ogaz, se le adjudicó el 3,33% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron valorizados en la suma de $7.559.841; y c) Don Alfonso Javier Quezada Ogaz, se le adjudicó el 3,33% de los derechos sociales de la entidad, los que fueron valorizados en la suma de $7.559.841. Se deja expresa constancia que la adjudicación de derechos sociales efectuada cuenta con la expresa aceptación de todos los socios, quienes manifiestan su voluntad en tal sentido. De este modo, con motivo de la partición parcial y adjudicación de derechos sociales efectuada, deja de ser socio de la sociedad la Sucesión de doña María Ximena Ogaz Rodriguez e ingresan como socios don Alfonso Javier Quezada Ogaz, don Raimundo Carlos José Quezada Ogaz y don Matías Andrés Quezada Ogaz. Cuatro. En consideración a lo anterior, se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital social y su forma de enterarlo, en el sentido siguiente: El capital social es la suma de $20.000.000, íntegramente suscrito y pagado como a continuación se indica: a) SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES RAMAQ LIMITADA, la suma de $15.000.000, equivalentes al 75% del capital social; b) INVERSIONES RQG SpA, la suma de $3.000.000, equivalentes al 15% del capital social; c) RAIMUNDO CARLOS JOSÉ QUEZADA OGAZ, la suma de $668.000, equivalentes al 3,34% del capital social; d) MATÍAS ANDRÉS QUEZADA OGAZ, la suma de $666.000, equivalentes al 3,33% del capital social; y c) ALFONSO JAVIER QUEZADA OGAZ, la suma de $666.000, equivalentes al 3,33% de los derechos sociales de la entidad. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la sociedad, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2020. Alejandro Américo Álvarez Barrera. N.P.S.