MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SILVA GUTIERREZ LIMITADA

RUT 76198200-1 CVE 1884129
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de noviembre de 2020
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
23 de noviembre de 2020
Repertorio
7589-2020
Notario
NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA
Oficio
Sexta Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, con domicilio Prat Nº 470 Local 3 - Antofagasta, Certifica: que por escritura pública de fecha 23 de Noviembre de 2020, bajo el repertorio Nº 7589-2020, doña CARMEN AZUCENA GUTIERREZ LEDEZMA, chilena, casada y amparada en el artículo ciento cincuenta del Código Civil, profesora, cedula nacional de identidad número seis millones setecientos ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y tres guión uno, domiciliada en esta ciudad, Pasaje Collico número cero nueve veintiocho, quién comparece en los términos del artículo ciento cincuenta del código civil; doña CARMEN GLORIA SILVA GUTIERREZ, chilena, casada y separada de bienes, abogado, cedula nacional de identidad número trece millones doce mil quinientos veintitrés guion nueve, domiciliada en esta ciudad, Pasaje Collico número cero nueve veintiocho; y don HECTOR MAURICIO SILVA GUTIERREZ, chileno, casado, participación en los gananciales, ingeniero, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos ochenta y nueve guion uno; domiciliado en esta ciudad, Pasaje Collico número cero nueve veintiocho, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SILVA GUTIERREZ LIMITADA”, RUT número setenta y seis millones ciento noventa y ocho mil doscientos guión uno, con un capital social de $4.000.000, constituida por escritura pública de fecha doce de octubre de dos mil cuatro, otorgada ante el Notario de Antofagasta don Edmundo Dagoberto Devia Osorio, cuyo extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial de fecha diecinueve de noviembre de dos mil cuatro, numero treinta y ocho mil quince, inscrito a fojas novecientos veintiocho vuelta, del Registro de Comercio del año dos mil cuatro del conservador de Bienes Raíces de Antofagasta de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil cuatro, no existiendo anotación alguna que diga relación con su disolución o terminación. Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en modificar el pacto social constitutivo en los siguientes términos.- Uno) Se retira el socio don HECTOR MAURICIO SILVA GUTIERREZ, dueño del cincuenta por ciento de los derechos sociales, quien vende, cede y transfiere a doña CARMEN GLORIA SILVA GUTIERREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí el cincuenta por ciento del total de los derechos, en la suma de dos millones de pesos, que cancela al cedente en este acto y en dinero en efectivo; Dos) Ingresa a la sociedad con un uno por ciento de los derechos sociales, doña CARMEN AZUCENA GUTIERREZ LEDESMA, chilena, casada, profesora, cédula nacional de identidad: seis millones setecientos ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y tres guión uno, cuyo aporte equivale a la suma de quinientos mil pesos, el cual, lo realiza en este acto mediante dinero en efectivo. Como consecuencia del ingreso de un nueva socia y de la cesión de derechos sociales que da cuenta la cláusula precedente quedan como únicas socias de la sociedad, doña CARMEN GLORIA SILVA GUTIERREZ, con un noventa y nueve por ciento del total de los derechos sociales y doña CARMEN AZUCENA GUTIERREZ LEDESMA, con un uno por ciento del total de los derechos sociales.Asimismo, las socias acuerdan modificar la razón social, el nuevo nombre de la sociedad será “HSM-INGENIERÍA ELÉCTRICA LTDA”, siendo éste el único nombre de la sociedad. Se amplía el objeto social, agregando a las actividades ya realizadas por la sociedad, la realización por cuenta propia o ajena, de terceros o asociados a terceros de operaciones que tienen relación con todo tipo de energía solar y de energías renovables, entre las cuales cabe mencionar las siguientes operaciones: Instalaciones y Mantenciones, Asesoría Técnica, Comercialización de Materiales e Insumos, Servicios Generales relacionados con este tipo de energías y toda otra actividad relacionada en la actualidad con energías renovables. Finalmente, La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambas socias, quiénes podrán actuar anteponiendo su firma a la razón social, y la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, por lo tanto las socias podrán actuar en representación de la sociedad de manera indistinta. Lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes las cláusulas del pacto social. Demás disposiciones constan en escritura extractada. VALE DOY FE. ANTOFAGASTA, 29 DE DICIEMBRE DE 2020.