Practical SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 11650/2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- 48º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
“la compra, venta, comercialización, distribución y representación de marcas, productos, equipos e insumos relacionados con el área de la salud”. Del mismo modo, se modifica el Título Primero, Artículo Uno, cambiando el nombre de la sociedad a BioPractical Spa, por lo que de ahora en adelante, la Sociedad se denominará, y tendrá la Razón Social de BioPractical Spa. En todo lo demás no modificado, sigue vigente al estatuto social de la sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INGENIERÍA E INMOBILIARIA CANI LIMITADA | socio | 77634630-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Abogado, Notario Público, Suplente de la 48º Notaría de Santiago, domiciliado en Avenida Apoquindo número 3.076, of. 601, Las Condes, Región Metropolitana: Por escritura pública de 23 de diciembre de 2020, ante mí, bajo Repertorio N°11650/2020, INGENIERÍA E INMOBILIARIA CANI LIMITADA, RUT 77.634.630-6, domiciliada en Padre Faustino Gazziero N°2.554, Independencia, y ASESORIAS e INVERSIONES K Y R LIMITADA, RUT 76.061237-5, domiciliada en Agustinas Nº814, of. 906, Santiago, en su calidad de únicos y exclusivos accionistas modificaron por unanimidad los estatutos de Practical SpA, en adelante la “Sociedad”, en términos de ampliar su objeto, agregando una letra h) a la cláusula cuarta con un nuevo objeto: “la compra, venta, comercialización, distribución y representación de marcas, productos, equipos e insumos relacionados con el área de la salud”. Del mismo modo, se modifica el Título Primero, Artículo Uno, cambiando el nombre de la sociedad a BioPractical Spa, por lo que de ahora en adelante, la Sociedad se denominará, y tendrá la Razón Social de BioPractical Spa. En todo lo demás no modificado, sigue vigente al estatuto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2020. Gustavo Montero Marti. Notario Público Suplente.-