INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaria
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Publico, 42° Notaria, con oficio en calle Agustinas 1070 2° piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 21-12-2020, ante mi, don PEDRO PABLO FERNANDEZ RIESCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil, C.I.N° 6.379.646-8, doña CAMILA VALDES RACZYNSKI, chilena, casada con el anterior compareciente y separada totalmente de bienes, paisajista, C.I.N° 9.704.118-0; don IGNACIO FERNADEZ VALDES, chileno, estudiante, soltero, C.I. N° 20.444.682-2; don PEDRO PABLO FERNADEZ VALDES, chileno, soltero, estudiante, C.I.N° 20.071.888-7; doña CAMILA FERNANDEZ VALDES, chilena, soltera, estudiante, C.I.N° 19.687.240-K; doña JACINTA FERNANDEZ VALDES, chilena, soltera, estudiante, C.I. N° 20.806.615-3 todos domiciliados para estos efectos en Camino Los Maitenes numero cuatro mil cien, Sector "Condominio las Brisas de Chicureo", de la comuna de Colina, y de paso en esta; Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cedulas respectivas y exponen: PRIMERO: Que con fecha doce de diciembre de dos mil dieciocho, ante Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, don Pedro Pablo Fernández Riesco, doña Camila Valdés Raczynski y don Ignacio Fernández Valdés, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, que denominaron "INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA", nombre de Fantasía “STA FAUSTINA LTDA”, rol único tributario 76.963.296-4, con domicilio en los Maitenes número cuatro mil cien, Sector “Condominio las Brisas de Chicureo”, comuna de Colina, constituida con fecha doce de diciembre de dos mil dieciocho, cuyo extracto se inscribió a fojas trescientos treinta y cinco vuelta, numero doscientos cincuenta y ocho en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes del año dos mil dieciocho. Posteriormente y con fecha veinticuatro de diciembre de dos mil dieciocho, ante Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, y bajo repertorio número doscientos cuarenta, se modificó el pacto social original, en el sentido que ingresaron a la sociedad por ventas realizadas por don Ignacio Fernandez Valdés a doña Camila Fernandez Valdés y a don Pedro Pablo Fernandez Valdés respectivamente, del diez por ciento de sus derechos a cada uno de ellos.- SEGUNDO: Que dicha sociedad se encuentra actualmente vigente y su estatuto social contenido en el precedentemente citado instrumento. TERCERO. -En este acto y por el presente instrumento, los socios don Pedro Pablo Fernandez Riesco, dueño del treinta y cinco por ciento de la referida sociedad, y doña Camila Valdés Raczynski, dueña del treinta y cinco por ciento de la referida sociedad y con la debida autorización de los otros socios, venden, ceden y transfieren a doña Jacinta Fernandez Valdés, ya individualizada, el cinco por ciento cada uno de ellos de sus derechos en la referida sociedad y que corresponden al diez por ciento de los derechos sociales, quien compra, adquiere y acepta para sí, siendo el precio de esta compraventa o cesión la suma total de un millón de pesos que la compradora o cesionaria paga en este acto, en dinero efectivo, que se entrega a don Pedro Pablo Fernandez Riesco y a doña Camila Valdés Raczynski, quienes declaran recibir dicha suma de dinero a su entera conformidad y satisfacción, dando en consecuencia por totalmente pagado el precio de esta compraventa o cesión de derechos CUARTO.- En la presente compraventa o cesión de derechos, se comprende el porcentaje indicado, de los derechos y acciones, cuota o parte que los vendedores o cedentes don Pedro Pablo Fernandez Riesco y doña Camila Valdés Raczynski les correspondes por concepto de capital, utilidades, capitalizaciones, aumento de capital, créditos, obligaciones y por cualquier otro concepto del haber o pasivo social, sin limitación alguna. Asimismo, la totalidad de los bienes que se encuentran a nombre de la sociedad. QUINTO.- En consecuencia y desde la fecha que quede perfeccionada la presente modificación de sociedad "INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA" pudiendo usar y actuar inclusive ante los bancos con lo siglo o nombre de fantasía de "STA. FAUSTINA LTDA. de conformidad a la ley, serán desde el referido momento los únicos socios, don Pedro Pablo Fernandez Riesco, dueño del treinta por ciento de los derechos sociales, doña Camila Valdés Raczynski, dueña del treinta por ciento de los derechos sociales, don Ignacio Fernandez Valdés, dueño del diez por ciento de los derechos sociales doña Camila Fernandez Valdés, dueña del diez por ciento de los derechos sociales, don Pedro Pablo Fernandez Valdés, dueño del diez por ciento de los derechos sociales y doña Jacinta Fernandez Valdés, dueña del diez por ciento de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir las presentes modificaciones al pacto constitutivo de la sociedad: y según las facultades dispuestas en la cláusula quinto del pacto social de constitución. SEXTO.- Las modificaciones establecidas en el presente instrumento, comenzarán a regir entre los socios y respecto de terceros, a contar de la fecha en que la presente modificación se encuentre inscrita en el respectivo Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de los Andes. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes y sin variación alguna, las cláusulas de la referida escritura constitutiva de la sociedad de doce de diciembre de dos mil dieciocho, otorgada ante notario público de Santiago don Álvaro González Salinas. - SEPTIMO. - Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura pública o de su extracto para que requiera las inscripciones, subinscripciones y demás anotaciones y publicaciones que procedan para y hasta la total legalización de la misma, pudiendo suscribir al efecto, los instrumentos públicos y/o privados que sean necesarios. Demás estipulaciones da cuenta escritura extractada. Santiago, 20 Enero 2021.-