INVERSIONES E INMOBILIARIA TIERRAS BLANCAS BETA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.555.378.165 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- 30 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, según se establece en escritura extractada
Objeto social
(a) adquirir bienes raíces, urbanos o rurales, o derechos en ellos, a fin de explotarlos mediante el arrendamiento o cualquier otra forma; (b) llevar a cabo operaciones o actividades agrícolas o ganaderas; (c) adquirir toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluso derechos, acciones y valores mobiliarios, con fines de inversión y renta; y, (d) colocar los dineros de la sociedad en bancos u otras instituciones de intermediación financiera en tales y, en general, en cualquier sistema de inversión, de mutuo o de ahorro que exista actualmente o que pueda establecerse en el futuro, celebrando al efecto los contratos que sean aptos para ello, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, de derecho público o de derecho privado
Administración
La administración y el uso de su razón social corresponderá a don Alberto Pirola Gianoli, a doña Carla Ada Pirola Gianoli y a doña Margarita Pirola Gianoli, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las amplias facultades de administración, indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: por escritura pública de 22 de octubre de 2020, ante mí, Carla Ada Pirola Gianoli, Alberto Pirola Gianoli, Margarita Pirola Gianoli, Inversiones Monza Calmar Limitada, Inversiones Monza Milano Limitada, Inversiones Monza MPG Limitada, Inversiones Maga Limitada, Inversiones e Inmobiliaria Milano Limitada, Inversiones Calmar Limitada e Inversiones MPG Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Monroy N° 2.677, PISO 7, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron dividir la sociedad “INVERSIONES E INMOBILIARIA TIERRAS BLANCAS UNO LIMITADA”, en adelante también la “Sociedad”, inscrita a fojas 13.477 número 9.019 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, en 2 sociedades de responsabilidad limitada, subsistiendo la Sociedad como continuadora legal, y constituyéndose con motivo de la división una nueva sociedad, la cual se denomina “INVERSIONES E INMOBILIARIA TIERRAS BLANCAS BETA LIMITADA” cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: “INVERSIONES E INMOBILIARIA TIERRAS BLANCAS BETA LIMITADA”, pudiendo usar para efectos legales, comerciales y publicitarios, incluyendo bancos y organismos públicos, la expresión “ITB BETA Ltda.”. Objeto: (a) adquirir bienes raíces, urbanos o rurales, o derechos en ellos, a fin de explotarlos mediante el arrendamiento o cualquier otra forma; (b) llevar a cabo operaciones o actividades agrícolas o ganaderas; (c) adquirir toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluso derechos, acciones y valores mobiliarios, con fines de inversión y renta; y, (d) colocar los dineros de la sociedad en bancos u otras instituciones de intermediación financiera en tales y, en general, en cualquier sistema de inversión, de mutuo o de ahorro que exista actualmente o que pueda establecerse en el futuro, celebrando al efecto los contratos que sean aptos para ello, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, de derecho público o de derecho privado. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: 30 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, según se establece en escritura extractada. Capital: $1.555.378.165, íntegramente enterado y pagado por los socios en la siguiente proporción: a) Carla Ada Pirola Gianoli, con la cantidad de $3.387.614, equivalentes al 0,2178% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; b) Don Alberto Pirola Gianoli, con la cantidad de $3.387.614, equivalentes al 0,2178% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; c) Margarita Pirola Gianoli, con la cantidad de $3.387.614, equivalentes al 0,2178% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; d) Inversiones Calmar Limitada, con la cantidad de $229.919.111, equivalentes al 14,7822% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; e) Inversiones e Inmobiliaria Milano Limitada, con la cantidad de $229.919.111, equivalentes al 14,7822% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; f) Inversiones MPG Limitada, con la cantidad de $229.919.111, equivalentes al 14,7822% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; g) Inversiones Maga Limitada, con la cantidad de $622.151.266, equivalentes al 40% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; h) Inversiones Monza Milano Limitada, con la cantidad de $77.768.908, equivalentes al 5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; i) Inversiones Monza Calmar Limitada, con la cantidad de $77.768.908, equivalentes al 5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad; y j) Inversiones Monza MPG Limitada, con la cantidad de $77.768.908, equivalentes al 5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad. Administración: La administración y el uso de su razón social corresponderá a don Alberto Pirola Gianoli, a doña Carla Ada Pirola Gianoli y a doña Margarita Pirola Gianoli, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las amplias facultades de administración, indicadas en la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización Santiago, 22 de octubre de 2020.