CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INFORMATICOS ALMAR LIMITADA

CVE 1882871
Fecha instrumento
14 de enero de 2021
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2021
Repertorio
211/2021
Comuna
Providencia

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad se pacta por el plazo de cinco años, contados desde 14 de Enero de 2021 y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos si ninguna de las partes manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo o al de alguna de sus pró-rrogas

Objeto social

la prestación de todo tipo de servicios informáticos, incluyendo asesorías y consultorías informáticas de todo tipo a personas natura-les y jurídicas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular Primera Notaria Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 14 de Enero de 2021, ante mí, Repertorio N° 211/2021, ALEJANDRA DEL CARMEN SOTO MUÑOZ, domiciliada en República de Cuba 1414, Depto. 501, Providencia, Santiago de Chile, y MARIANO NICOLAS SOMOZA, domiciliado en Pérez Valenzuela 1209, Depto. 301, Providencia, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes, bajo razón social “SERVICIOS INFORMATICOS ALMAR LIMITADA” y nombre de fantasía “ALMAR LTDA.”. Objeto: la prestación de todo tipo de servicios informáticos, incluyendo asesorías y consultorías informáticas de todo tipo a personas natura-les y jurídicas. Domicilio: Santiago. Capital: El capital social es la suma de dos millones de pesos que los socios enteran y pagan por partes iguales, es decir, un millón de pesos cada uno, al contado y en dinero efectivo. De consiguiente, el capital se encuentra íntegramente enterado en arcas sociales. Administración, representación y uso razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios. Duración: La sociedad se pacta por el plazo de cinco años, contados desde 14 de Enero de 2021 y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos si ninguna de las partes manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo o al de alguna de sus pró-rrogas. Santiago, 14 de Enero de 2021.