SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 4 años contados desde la fecha de la escritura y se prorrogará tácita y sucesivamente por iguales períodos de 4 años. E
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La administración y gestión, por cuenta propia o ajena, de toda clase de activos; y, b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados y otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Administración
La administración y representación de la sociedad corresponderá a don JOSÉ MIGUEL DEL REAL SOTA, individualizado precedentemente, con amplias facultades descritas en los estatutos. II. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Como consecuencia de la división señalada en el número precedente, se disminuye el capital de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA de $1.000.000, al total de $999.048 sustituyéndose el artículo QUINTO permanente de los Estatutos de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de novecientos noventa y nueve mil cuarenta y ocho pesos, el cual se entera y paga de la siguiente manera: a) Don JOSÉ MIGUEL DEL REAL SOTA, quien aportó la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos veinticuatro pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, con anterioridad a esta fecha, ya ingresados a la caja social; y, b) doña MARCELA BIHAN MERINO, quien aportó la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos veinticuatro pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, con anterioridad a esta fecha, ya ingresados a la caja social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado.”
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA | socio | 78816420-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos número trescientos treinta y dos, Comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública hoy ante mí, compareció: a) don JOSÉ MIGUEL DEL REAL SOTA, cédula de identidad N° 10.636.164-9; y, b) doña MARCELA BIHAN MERINO, cédula de Identidad N° 10.671.852-0, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Padre Hurtado N° 5.758, Condominio Los Morros de Hasparren, Parcela 86, comuna de Buin, Región Metropolitana, modificaron la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA, Rol Único Tributario N° 78.816.420-3, Capital $1.000.000, en los siguientes sentidos: I. DIVISIÓN DE SOCIEDAD: Los socios acordaron dividir la sociedad en dos, y crear una nueva sociedad de responsabilidad limitada, y en consecuencia disminuir el capital de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA. La sociedad dividida conservará su razón social, administración, objeto y duración, creándose una nueva sociedad que se denominará “ACTIVOS FULSERVICE LIMITADA”. En consecuencia, mismos socios, otorgaron estatutos sociales de la sociedad que nace de la división, del siguiente tenor extractado: A. Nombre: El nombre de la sociedad será “ACTIVOS FULSERVICE LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “ACTIVOS FULSERVICE LTDA.”. B. Capital: El capital de la sociedad será la suma total y única de $952, monto que se paga en la siguiente forma y proporción: a) don JOSE MIGUEL DEL REAL SOTA, aporta la suma de $476, equivalente al 50% del capital social, suma que aportó con los activos y pasivos que en razón de la presente división de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA se le asignan; b) doña MARCELA BIHAN MERINO, aporta la suma de $476, equivalente al 50% del capital social, suma que aportó con los activos y pasivos que en razón de la presente división de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA se le asignan. C. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La administración y gestión, por cuenta propia o ajena, de toda clase de activos; y, b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados y otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, incluso participar en toda clase de sociedades. D. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 4 años contados desde la fecha de la escritura y se prorrogará tácita y sucesivamente por iguales períodos de 4 años. E. Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don JOSÉ MIGUEL DEL REAL SOTA, individualizado precedentemente, con amplias facultades descritas en los estatutos. II. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Como consecuencia de la división señalada en el número precedente, se disminuye el capital de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA de $1.000.000, al total de $999.048 sustituyéndose el artículo QUINTO permanente de los Estatutos de la sociedad SERVICIOS GENERALES A LA EMPRESA LIMITADA, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de novecientos noventa y nueve mil cuarenta y ocho pesos, el cual se entera y paga de la siguiente manera: a) Don JOSÉ MIGUEL DEL REAL SOTA, quien aportó la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos veinticuatro pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, con anterioridad a esta fecha, ya ingresados a la caja social; y, b) doña MARCELA BIHAN MERINO, quien aportó la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos veinticuatro pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, con anterioridad a esta fecha, ya ingresados a la caja social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado.”. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 30 de noviembre de 2020. ALBERTO MOZÓ AGUILAR. Notario Público.