SERVICIO DE SUMINISTROS DE PERSONAL LEYDA SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- dos. El autorizar la eliminación y cambio de giros de la sociedad. INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA, debidamente representada por don Pedro Pablo Fernandez Riesco, ha decido eliminar el objeto de la sociedad, el cual indicaba: “ La comercialización de todo tipo de bienes y servicios; servicios de transporte de trabajadores y/o turistas; servicio de transporte de carga ajena; alquiler de todo tipo de vehículos y/o maquinarias, con o sin chofer u operador; servicios integrales de seguridad; planes de seguros generales; servicios de suministros de personal a otras empresas y de todo tipo de recursos humanos y, otros servicios análogos. Resolviendo el sustituirlo o cambiarlo por: “EXTRACCION, PROCESAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE ARIDOS Y MINERALES”. tres. Renuncia del Representante legal y el nombramiento de nuevo Representante legal. El ultimo punto de la presente junta extraordinaria, tiene por objeto el aceptar la renuncia voluntaria de don Rodrigo Delgado Aguilar a su cargo de representante legal, agradeciendo desde ya su excelente trabajo y disposición. En este mismo acto, se procede a nombrar en calidad de Representante Legal, a don Pedro Pablo Fernandez Riesco, quien actuará con todas las facultades establecidas en el pacto societario que consta en el TITULO TERCERO, articulo décimo. En razón de lo señalado de forma precedente, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de “Servicios de Suministro de Personal Leyda SpA”, a partir de hoy “PROCESADORA Y COMERCIALIZADORA DE ARIDOS SpA”, Nombre de Fantasía “PROCESA SpA”. autoriza por la totalidad de las modificaciones señaladas. FIRMA DEL ACTA. La junta acordó que el acta de la presente junta sea firmada por todos los comparecientes, entendiéndose aprobada desde su firma y pudiendo llevarse a efecto los acuerdos adoptados desde esa fecha. PODER ESPECIAL. Don Pedro Pablo Fernandez Riesco, faculta por el presente acto a don Mauricio Fernando Rojas Huanca, cedula nacional de identidad número trece millones ciento setenta y dos mil doscientos treinta y ocho guión nueve, quien quedará facultado, para que pueda reducir a escritura pública el todo o parte de la presente acta, una vez que ésta se encuentre firmada por el compareciente y al portador de copia de la señalada escritura pública y su extracto autorizado, para requerir y firmar todas las anotaciones e inscripciones que fueren pertinentes en los registros conservatorios respectivos. Santiago, 19 de Enero de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustina Nº 1070 segundo piso, comuna Santiago, CERTIFICO: Por escritura publica de fecha 21-12-2020, REPERTORIO N° 49753, se redujo a escritura pública Junta General Extraordinaria de Accionistas de “SERVICIO DE SUMINISTROS DE PERSONAL LEYDA SPA”, FORMALIDADES DE LA CONVOCATORIA Y CITACION. El único accionista “INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA”, Rol único Tributario número setenta y seis millones novecientos sesenta y tres mil doscientos noventa y seis guión cuatro, representada legalmente por don Pedro Pablo Fernandez Riesco , chileno, Ingeniero Civil, cedula de identidad seis millones trescientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y seis guion ocho, ambos con domicilio para estos efectos en San Francisco de Asis, Parcela dieciséis, sitio ocho B, Colina, Region Metropolitana, quien convoca y constituye el cien por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto, hecho que era presumible de antemano y permitió no efectuar los trámites y publicaciones de la convocatoria, por contar con la seguridad de la concurrencia a la junta de la totalidad del capital social. QUORUM. Se constató que “INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA”, debidamente representada por don Pedro Pablo Fernandez Riesco, detenta y es dueña de mil acciones nominativas de una misma serie y valor que representan la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto de la sociedad. OBJETO DE LA JUNTA. (uno) El autorizar el cambio de la “Razón Social de “Servicio de Suministro de Personal Leyda SpA” en “Procesadora y Comercializadora de Áridos SpA”, Nombre de Fantasía “Procesa SpA”, de conformidad a lo establecido en el artículo sesenta y siete, sesenta y nueve y siguientes de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis. (ley veinte mil ciento noventa) (dos) El autorizar la eliminación y cambio de giros de la sociedad. (tres) El cambio del Representante legal y el nombramiento de otro Representante legal. DESARROLLO DE LA TABLA. – uno. El autorizar el cambio de la “Razón Social de “Servicio de Suministro de Personal Leyda SpA” en “Procesadora y Comercializadora de Áridos SpA”, Nombre de Fantasía “Procesa SpA”, de conformidad a lo establecido en el artículo sesenta y siete, sesenta y nueve y siguientes de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis. (ley veinte mil ciento noventa). Que el primer objetivo de la presente junta Extraordinaria de Accionistas, es el cambio de la Razón Social y conforme a la presencia del cuórum completo para ello es que se autoriza por la totalidad de sus accionistas, el cambio de la razón social de “Servicio de Suministro de Personal Leyda SpA”, a “PROCESADORA Y COMERCIALIZADORA DE ARIDOS SpA”, Nombre de Fantasía “PROCESA SpA”. Que, en virtud de lo señalado en forma precedente, se modifica y sustituye el TITULO PRIMERO, Articulo Primero del estatuto de la sociedad por la siguiente nueva cláusula: El nombre de la empresa será “Procesadora y Comercializadora de Áridos SpA”, Nombre de Fantasía “Procesa SpA”, la cual podrá usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía. dos. El autorizar la eliminación y cambio de giros de la sociedad. INVERSIONES SANTA FAUSTINA LIMITADA, debidamente representada por don Pedro Pablo Fernandez Riesco, ha decido eliminar el objeto de la sociedad, el cual indicaba: “ La comercialización de todo tipo de bienes y servicios; servicios de transporte de trabajadores y/o turistas; servicio de transporte de carga ajena; alquiler de todo tipo de vehículos y/o maquinarias, con o sin chofer u operador; servicios integrales de seguridad; planes de seguros generales; servicios de suministros de personal a otras empresas y de todo tipo de recursos humanos y, otros servicios análogos. Resolviendo el sustituirlo o cambiarlo por: “EXTRACCION, PROCESAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE ARIDOS Y MINERALES”. tres. Renuncia del Representante legal y el nombramiento de nuevo Representante legal. El ultimo punto de la presente junta extraordinaria, tiene por objeto el aceptar la renuncia voluntaria de don Rodrigo Delgado Aguilar a su cargo de representante legal, agradeciendo desde ya su excelente trabajo y disposición. En este mismo acto, se procede a nombrar en calidad de Representante Legal, a don Pedro Pablo Fernandez Riesco, quien actuará con todas las facultades establecidas en el pacto societario que consta en el TITULO TERCERO, articulo décimo. En razón de lo señalado de forma precedente, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de “Servicios de Suministro de Personal Leyda SpA”, a partir de hoy “PROCESADORA Y COMERCIALIZADORA DE ARIDOS SpA”, Nombre de Fantasía “PROCESA SpA”. autoriza por la totalidad de las modificaciones señaladas. FIRMA DEL ACTA. La junta acordó que el acta de la presente junta sea firmada por todos los comparecientes, entendiéndose aprobada desde su firma y pudiendo llevarse a efecto los acuerdos adoptados desde esa fecha. PODER ESPECIAL. Don Pedro Pablo Fernandez Riesco, faculta por el presente acto a don Mauricio Fernando Rojas Huanca, cedula nacional de identidad número trece millones ciento setenta y dos mil doscientos treinta y ocho guión nueve, quien quedará facultado, para que pueda reducir a escritura pública el todo o parte de la presente acta, una vez que ésta se encuentre firmada por el compareciente y al portador de copia de la señalada escritura pública y su extracto autorizado, para requerir y firmar todas las anotaciones e inscripciones que fueren pertinentes en los registros conservatorios respectivos. Santiago, 19 de Enero de 2021.