MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Leyton y Asociados Corredores de Seguros Limitada

RUT 76265805-4 CVE 1882858
Capital
$145.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2021
Notaría
Providencia don Fernando Celis Urrutia
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2021
Notario
otorgada ante Gastón Iván Santibáñez Soto
Oficio
Trigésima Notaría de Santiago
Comuna
Providencia don Fernando Celis Urrutia

Sociedad

Capital
$145.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

a) El corretaje de seguros; b) La prestación de toda clase de servicios y asesorías administrativas, financieras, comerciales, recaudaciones y cobranzas; y c) La toma en consignación, representación, intermediación y corretaje cualquier clase de bienes, productos o insumos y servicios; así como también toda actividad relacionada con las anteriores y que los socios adopten en el futuro. El capital de la sociedad es la suma de $145.000.0000.- dividido en 5000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, esto es $29.000.- por acción, capital que se suscribe y paga en su totalidad, al contado y en dinero efectivo, que ingresa en el acto a la caja social.- En consecuencia, el capital de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado.- El Administrador de la sociedad será don Michel Alfonso Leyton Andaur, quien, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Fernando Celis Maggi, Abogado, Notario de Santiago, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 11 de Enero del año 2021, ante doña Paulina Constanza Celis Maggi, Notario Suplente de la Segunda Notaría de Providencia, don MICHEL ALFONSO LEYTON ANDAUR, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial e ingeniero en administración, C.I. N° 12.960.342-9, y doña PATRICIA ANDREA VEGA ZARAVIA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, corredora de seguros, C.I. N° 13.308.777-K, ambos domiciliados en calle Manuela Cañas 2151, comuna de Vitacura, Santiago, modifican y transforman la sociedad “Leyton y Asociados Corredores de Seguros Limitada”, Rut N° 76.265.805-4, constituida por escritura pública de fecha 21 de febrero del año 2013, otorgada ante Gastón Iván Santibáñez Soto, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Notaría de Santiago, inscrita en extracto a fojas diecisiete mil doscientos cuarenta y dos número once mil doscientos noventa y seis del Registro de Comercio del Conservatorio de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil trece, publicada en el Diario Oficial de fecha veintisiete de febrero del año dos mil trece. La sociedad fue modificada con fecha treinta de julio del año dos mil trece, en la misma Notaría, modificación que fue inscrita a fojas sesenta y dos mil quinientos veintitrés número cuarenta y un mil doscientos cincuenta y tres del Registro de Comercio del Conservatorio de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece. Posteriormente la sociedad fue nuevamente modificada, con fecha diecisiete de junio del año dos mil veinte, otorgada ante el Notario Público don Fernando Celis Maggi, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, modificación que fue inscrita a fojas treinta y seis mil novecientos, número diecisiete mil setecientos veintiséis del Registro de Comercio del Conservatorio de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinte. Su capital suscrito y enterado es de un millón de pesos.- Modificación consiste: Los actuales socios, ya señalados precedentemente, modifican la cláusula cuarta del pacto social primitivo, referente al capital de la sociedad, aumentándolo de un millón de pesos a la suma de ciento cuarenta y cinco millones de pesos, quedando por lo tanto, la cláusula cuarta de la siguiente manera: “CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de ciento cuarenta y cinco millones de pesos, que los socios enteran y pagan, al contado, en este acto y en dinero efectivo, en proporción de un noventa por ciento de don Michel Alfonso Leyton Andaur y un diez por ciento doña Patricia Andrea Vega Zaravia. La responsabilidad de los socios se limitará al monto de sus respectivos aportes”.- Transformación social: Los actuales socios don Michel Alfonso Leyton Andaur, y doña Patricia Andrea Vega Zaravia, ya identificados, transforman la sociedad de responsabilidad limitada “Leyton y Asociados Corredores de Seguros Limitada”, en una sociedad por acciones o SpA, cuyo nombre es "LEYTON Y ASOCIADOS CORREDORES DE SEGUROS SpA”, pudiendo actuar ante todo tipo de instituciones, ya sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante instituciones bancarias con el nombre de fantasía "LEYTON Y ASOCIADOS SpA". Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración. La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto. a) El corretaje de seguros; b) La prestación de toda clase de servicios y asesorías administrativas, financieras, comerciales, recaudaciones y cobranzas; y c) La toma en consignación, representación, intermediación y corretaje cualquier clase de bienes, productos o insumos y servicios; así como también toda actividad relacionada con las anteriores y que los socios adopten en el futuro. El capital de la sociedad es la suma de $145.000.0000.- dividido en 5000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, esto es $29.000.- por acción, capital que se suscribe y paga en su totalidad, al contado y en dinero efectivo, que ingresa en el acto a la caja social.- En consecuencia, el capital de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado.- El Administrador de la sociedad será don Michel Alfonso Leyton Andaur, quien, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 18 de Enero del año 2021.