CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SAN ESTEBAN LIMITADA

RUT 5013947-6 CVE 1883161
Capital
$720.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de enero de 2021
Notaría
San
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2021
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRON
Oficio
Primera Notaría San Fernando
Comuna
San

Sociedad

Capital
$720.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será Parcela San Esteban, Puente Negro, comuna de San Fernando
Duración
rige desde fecha suscripción escritura social, y tendrá duración de 5 años, prorrogables forma automática períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, forma expresada escritura

Objeto social

El objeto social será el desarrollo de negocios inmobiliarios y mobiliarios. La adquisición, enajenación y explotación, ya sea directa o indirecta, de toda clase de bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas, bienes muebles y valores mobiliarios en general, realizar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir bienes raíces, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos, por cuenta propia o ajena, toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos y, en general, la realización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inversiones, sea en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, derechos en sociedades de cualquiera naturaleza, la exportación e importación de toda clase de bienes, maquinarias, equipos, productos elaborados, semielaborados, etc., pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquiera otra actividad que acuerden los socios, esté relacionada o no con los rubros anteriormente señalados. Distribución utilidades y pérdidas: Las utilidades o beneficios se distribuirán o asignarán proporción que se indica: A) Para socio HERVIN SEGUNDO FREDES MAÑAN, un 40%; B).-Para socia SANDRA LORENA FREDES RUBIO, un 20%; C).-Para socia CAROLINA BEATRIZ FREDES RUBIO, un 20%; y, D).-Para socia VALERIA ANDREA FREDES RUBIO, un 20%.- Mismo porcentaje se soportarán pérdidas que eventualmente afecten a la sociedad.- Responsabilidad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRON, Abogado, Notario Público Titular Primera Notaría San Fernando, calle Chillán N° 620, certifica: Por escritura de fecha 14 enero 2021, ante mí, HERVIN SEGUNDO FREDES MAÑAN, chileno, cédula identidad N°5.013.947-6, agricultor, casado sociedad conyugal con Bernarda Emperatriz Rubio Santibáñez, domiciliado Parcela San Esteban, Puente Negro, comuna San Fernando; SANDRA LORENA FREDES RUBIO, chilena, cédula identidad N° 11.473.346-6, ingeniero ejecución en informática, casada régimen separación total de bienes, domiciliada Pasaje El Lleuque 2625, comuna Puente Alto, Región Metropolitana; CAROLINA BEATRIZ FREDES RUBIO, chilena, cédula identidad N° 11.837.295-6, ingeniero comercial, casada régimen separación total de bienes, domiciliada El Lingue 270, comuna Peñalolén, Región Metropolitana; y VALERIA ANDREA FREDES RUBIO, chilena, cédula identidad N° 15.634.330-7, enfermera, casada régimen separación total de bienes, domiciliada Juana de Aguirre Cerda 4281, comuna Macul, Región Metropolitana; constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada: Razón social: “INMOBILIARIA SAN ESTEBAN LIMITADA”, pudiendo actuar, inclusive con los Bancos, Servicio de Impuestos Internos, y demás Servicios Públicos o Privados, con el nombre de “INMOBILIARIA SAN ESTEBAN LTDA.”.- Administración y uso razón social: Corresponderá al socio HERVIN SEGUNDO FREDES MAÑAN y a la socia CAROLINA BEATRIZ FREDES RUBIO, quienes la ejercerán en forma separada e indistintamente cualesquiera de ellos, sin perjuicio delegar facultades de administración en forma total o parcial u otorgar poderes generales o especiales.- Capital social: $720.000.000.-, que socios introducen, aportan y enteran siguiente manera: UNO).-Socia SANDRA LORENA FREDES RUBIO, aporta $9.360.000, equivalente al 1,3% del capital social, que ingresa este acto a caja social, en dinero efectivo; DOS).- Socia CAROLINA BEATRIZ FREDES RUBIO, aporta $9.360.000, equivalente al 1,3% del capital social, que ingresa este acto a caja social, en dinero efectivo; TRES).- Socia VALERIA ANDREA FREDES RUBIO, aporta $9.360.000, equivalente al 1,3% del capital social, que ingresa este acto a caja social, en dinero efectivo; y, CUATRO) Socio HERVIN SEGUNDO FREDES MAÑAN, aporta $691.920.000, equivalente al 96,1 % del capital social, el que entera de la siguiente forma: a) Con $121.420.000, que ingresa este acto a caja social, en dinero efectivo; y, b) Con $570.500.000, mediante aporte en dominio que por este acto hace a la sociedad siguientes bienes raíces y respectivos derechos de aprovechamiento de aguas: I.- BIENES RAICES: LOTE A QUINCE, LOTE A DIECISEIS, LOTE A DIECIOCHO, LOTE A DIECINUEVE, LOTE A VEINTE, LOTE A VEINTIUNO, LOTE A VEINTIDOS, LOTE A VEINTITRES, LOTE A VEINTICUATRO, LOTE A VEINTICINCO, LOTE A VEINTISEIS, LOTE A VEINTIOCHO, LOTE A VEINTINUEVE, LOTE A TREINTA, LOTE A TREINTA Y UNO, LOTE A TREINTA Y DOS, LOTE A TREINTA Y TRES, LOTE A TREINTA Y CUATRO, LOTE A TREINTA Y CINCO, LOTE A TREINTA Y SEIS y LOTE A TREINTA Y SIETE; todos correspondientes a la SUBDIVISIÓN del Resto de la Propiedad Fusionada denominada LOTE A o parcela San Esteban ubicado en Isla de Briones de la Comuna de San Fernando, inscrita a Fojas 3211 N°3453 Registro Propiedad año 2012 Conservador de Bienes Raíces San Fernando.- II.- Derechos de aprovechamiento de aguas destinados al riego del: LOTE A QUINCE, LOTE A DIECIOCHO, LOTE A DIECINUEVE, LOTE A VEINTE, LOTE A VEINTIUNO, LOTE A VEINTIDOS, LOTE A VEINTITRES, LOTE A VEINTICUATRO, LOTE A VEINTICINCO, LOTE A VEINTISEIS, LOTE A VEINTIOCHO, LOTE A VEINTINUEVE, LOTE A TREINTA, LOTE A TREINTA Y UNO, LOTE A TREINTA Y DOS, LOTE A TREINTA Y TRES, LOTE A TREINTA Y CUATRO, LOTE A TREINTA Y CINCO, LOTE A TREINTA Y SEIS y LOTE A TREINTA Y SIETE: cada uno de ellos 0,015 acciones de aguas de la Comunidad de Aguas Canal La Polcura, camino Las Vegas del Flaco, equivalentes a 0,02775 litros por segundo, y que son parte de las aguas inscritas a Fojas 436 N° 375 Registro Propiedad de Aguas año 2011 Conservador de Bienes Raíces San Fernando.- III.- Derechos de aprovechamiento de aguas destinados al riego del: LOTE A DIECISEIS: 0,015 acciones de aguas de la Comunidad de Aguas Canal Bajo Vargas, y que son parte de las aguas inscritas a Fojas 68 N° 88 Registro Propiedad Aguas año 1994 Conservador de Bienes Raíces de San Fernando.- Socios avalúan estos bienes para efectos presente aporte, siguientes valores: LOTE A QUINCE: $34.500.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A DIECISEIS: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A DIECIOCHO: $27.500.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A DIECINUEVE: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTE: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTIUNO: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTIDOS: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTITRES: $55.500.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTICUATRO: $31.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTICINCO: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTISEIS: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTIOCHO: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A VEINTINUEVE: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA Y UNO: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA Y DOS: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA Y TRES: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA Y CUATRO: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA Y CINCO: $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; LOTE A TREINTA Y SEIS: en la suma de $24.000.000; y derechos de aguas $500.000; y, LOTE A TREINTA Y SIETE: $27.500.000; y derechos de aguas $500.000.- Objeto social: El objeto social será el desarrollo de negocios inmobiliarios y mobiliarios. La adquisición, enajenación y explotación, ya sea directa o indirecta, de toda clase de bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas, bienes muebles y valores mobiliarios en general, realizar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir bienes raíces, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos, por cuenta propia o ajena, toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos y, en general, la realización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inversiones, sea en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, derechos en sociedades de cualquiera naturaleza, la exportación e importación de toda clase de bienes, maquinarias, equipos, productos elaborados, semielaborados, etc., pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquiera otra actividad que acuerden los socios, esté relacionada o no con los rubros anteriormente señalados. Distribución utilidades y pérdidas: Las utilidades o beneficios se distribuirán o asignarán proporción que se indica: A) Para socio HERVIN SEGUNDO FREDES MAÑAN, un 40%; B).-Para socia SANDRA LORENA FREDES RUBIO, un 20%; C).-Para socia CAROLINA BEATRIZ FREDES RUBIO, un 20%; y, D).-Para socia VALERIA ANDREA FREDES RUBIO, un 20%.- Mismo porcentaje se soportarán pérdidas que eventualmente afecten a la sociedad.- Responsabilidad socios: responsabilidad personal socios queda limitada monto respectivos aportes.- Duración: rige desde fecha suscripción escritura social, y tendrá duración de 5 años, prorrogables forma automática períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, forma expresada escritura.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será Parcela San Esteban, Puente Negro, comuna de San Fernando; sin perjuicio del establecimiento de otras agencias o sucursales en el país o en el extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando, 19 de enero de 2021.-