DEL PACÍFICO CORREDORES DE SEGUROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de enero de 2021
- Repertorio
- 131/2021
- Notario
- GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas de Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Administración
DÉCIMO CUARTO. El administrador designará una Empresa de Auditoría Externa de las inscritas en el correspondiente Registro que lleva la COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO, con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros y demás previstos en la ley, la que deberá informar por escrito a los accionistas y demás personas y)u organismos previstos en los términos señalados por la ley sobre el cumplimiento de su mandato”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, con oficio en esta ciudad, Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 18 de Enero de 2021, Repertorio N° 131/2021, otorgada ante mí, Don BENJAMIN VILLASECA LORCA, chileno, factor de comercio, cédula nacional de identidad Nº 10.328.566-6, soltero, y doña ANNE LIESE SAELZER GARCIA, chilena, factor de comercio, cédula nacional de identidad Nº 13.953.244-9, soltera, ambos domiciliados en Santiago, calle La Quebrada número nueve mil seiscientos cincuenta y uno, comuna de Las Condes, MODIFICARON EL ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO DEL TÍTULO IV DEL ESTATUTO de la sociedad “DEL PACÍFICO CORREDORES DE SEGUROS SpA” RUT: 77.227.569-2, cuyo capital inicial de $2.000.000, e inscrita a Fs. 52.457 N° 24.796 en el Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, como sigue: “TÍTULO IV. Fiscalización de la administración. DÉCIMO CUARTO. El administrador designará una Empresa de Auditoría Externa de las inscritas en el correspondiente Registro que lleva la COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO, con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros y demás previstos en la ley, la que deberá informar por escrito a los accionistas y demás personas y/u organismos previstos en los términos señalados por la ley sobre el cumplimiento de su mandato”. Demás estipulaciones en escritura extractada. EN TALCAHUANO, a 19 de Enero del 2021.