MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 80960800-K CVE 1883218
Capital
$40.000 CLP
Fecha instrumento
24 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de noviembre de 2020
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago

Objeto social

a) La compra, venta, arrendamiento, construcción, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de capitales mobiliarios; y b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. CAPITAL SOCIAL Y RESPONSABILIDAD: $11.502, que han sido que ha sido íntegramente pagada por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como socios de la sociedad “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” y que ha sido objeto de la división. En consecuencia, el capital social se distribuye entre los socios conforme a las siguientes proporciones: Uno) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Dos) doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Tres) doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, con el veinte coma cero dos por ciento de los derechos sociales

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y a don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, sin perjuicio de las limitaciones para la realización de ciertos actos señalados en el estatuto social. A la tercera, que se crea por efecto de división, aportan como capital el monto en que se ha disminuido el capital de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” como consecuencia de su división, monto que asciende a $18.589.758, y se regirá por los estatutos que a continuación se extractan:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, domicilio Teatinos Nº332, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de noviembre de 2020, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en Avenida El Bosque Sur número trescientos cincuenta y dos, departamento quinientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Colorado número cuatro mil setecientos, departamento ciento veinticinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Hurtado cero ciento uno, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; todos los anteriores por sí y en su calidad de herederos de las sucesiones hereditarias de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS; y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, por sí y en su calidad de heredero de la sucesión hereditaria de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, domiciliado para estos efectos en calle Loma Verde número novecientos treinta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 4.079 Nº2.667 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Raíces de Santiago, correspondiente al año 1953, en los términos siguientes: UNO) Como consecuencia del fallecimiento de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS han pasado a tener la calidad de socios de la sociedad “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, como integrantes de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, en calidad de comuneros hereditarios de los derechos sociales que correspondían a los causantes a la fecha de sus fallecimientos, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, lo que es aceptado por los socios. Por lo expresado precedentemente, los actuales y únicos socios de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” acordaron sustituir la cláusula sexta de sus estatutos sociales por el siguiente tenor: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma única y total de cuarenta millones de pesos, íntegramente aportado y pagado con anterioridad, y que se distribuye entre los socios en los siguientes porcentajes: Uno) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Dos) doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Tres) doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, con el veinte coma cero dos por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.”. DOS) Asimismo, los únicos y actuales socios de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” acordaron: dividirla en 4 sociedades, la primera de las cuales conserva razón social, RUT, y se regirá por actuales estatutos con modificación de su capital que disminuye de la cantidad de $40.000.000 a $21.377.168. Como consecuencia de ello, los socios de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” acuerdan modificar y reformar la cláusula sexto de sus estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el del siguiente tenor: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma única y total de veintiún millones trescientos setenta y siete mil ciento sesenta y ocho pesos, íntegramente aportado y pagado con anterioridad, y que se distribuye entre los socios en los siguientes porcentajes: Uno) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Dos) doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Tres) doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, con el veinte coma cero dos por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.”. A la segunda, que se crea por efecto de división, aportan como capital el monto en que se ha disminuido el capital de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” como consecuencia de su división, monto que asciende a $11.502, y se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: SOCIOS: doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en Avenida El Bosque Sur número trescientos cincuenta y dos, departamento quinientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Colorado número cuatro mil setecientos, departamento ciento veinticinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Hurtado cero ciento uno, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; y don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, ya individualizados, y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en calle Loma Verde número novecientos treinta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS; RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES LOS MUERMOS LIMITADA”. DOMICILIO: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. OBJETO: a) La compra, venta, arrendamiento, construcción, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de capitales mobiliarios; y b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. CAPITAL SOCIAL Y RESPONSABILIDAD: $11.502, que han sido que ha sido íntegramente pagada por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como socios de la sociedad “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” y que ha sido objeto de la división. En consecuencia, el capital social se distribuye entre los socios conforme a las siguientes proporciones: Uno) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Dos) doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Tres) doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, con el veinte coma cero dos por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. PLAZO SOCIAL: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguna de los socios manifestase su intención de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, seis meses al vencimiento del plazo original o al de cualquiera de sus renovaciones. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y a don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, sin perjuicio de las limitaciones para la realización de ciertos actos señalados en el estatuto social. A la tercera, que se crea por efecto de división, aportan como capital el monto en que se ha disminuido el capital de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” como consecuencia de su división, monto que asciende a $18.589.758, y se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: SOCIOS: doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en Avenida El Bosque Sur número trescientos cincuenta y dos, departamento quinientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Colorado número cuatro mil setecientos, departamento ciento veinticinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Hurtado cero ciento uno, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; y don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, ya individualizados, y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en calle Loma Verde número novecientos treinta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS. RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES PADRE HURTADO LIMITADA”. DOMICILIO: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. OBJETO: a) La compra, venta, arrendamiento, construcción, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de capitales mobiliarios; y b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. CAPITAL SOCIAL Y RESPONSABILIDAD: $18.589.758, que han sido que ha sido íntegramente pagada por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como socios de la sociedad “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” y que ha sido objeto de la división. En consecuencia, el capital social se distribuye entre los socios conforme a las siguientes proporciones: Uno) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Dos) doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Tres) doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, con el veinte coma cero dos por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. PLAZO SOCIAL: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguna de los socios manifestase su intención de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, seis meses al vencimiento del plazo original o al de cualquiera de sus renovaciones. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y a don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, sin perjuicio de las limitaciones para la realización de ciertos actos señalados en el estatuto social. A la cuarta, que se crea por efecto de división, aportan como capital el monto en que se ha disminuido el capital de “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” como consecuencia de su división, monto que asciende a $21.572, y se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: SOCIOS: doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en Avenida El Bosque Sur número trescientos cincuenta y dos, departamento quinientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Colorado número cuatro mil setecientos, departamento ciento veinticinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Hurtado cero ciento uno, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; y don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, ya individualizados, y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, domiciliado para estos efectos en calle Loma Verde número novecientos treinta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS. RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES ATALAYA LIMITADA”. DOMICILIO: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. OBJETO: a) La compra, venta, arrendamiento, construcción, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de capitales mobiliarios; y b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. CAPITAL SOCIAL Y RESPONSABILIDAD: $21.572, que han sido que ha sido íntegramente pagada por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como socios de la sociedad “CARMELO TALA Y COMPAÑÍA LIMITADA” y que ha sido objeto de la división. En consecuencia, el capital social se distribuye entre los socios conforme a las siguientes proporciones: Uno) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Dos) doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; Tres) doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE, con el veintiséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y Cuatro) don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, doña MARÍA ALEJANDRA TALA RABAJILLE, doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y don FERNANDO ENRIQUE TALA RABAJILLE, como miembros de la sucesión de don CARMELO TALA JAMASMIE y de doña ENRIQUETA RABAJILLE SARQUIS, con el veinte coma cero dos por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. PLAZO SOCIAL: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguna de los socios manifestase su intención de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, seis meses al vencimiento del plazo original o al de cualquiera de sus renovaciones. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios doña KARIMA MARÍA TALA RABAJILLE y a don CARLOS ANTONIO TALA RABAJILLE, sin perjuicio de las limitaciones para la realización de ciertos actos señalados en el estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2020.