MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Administradora de Servicios Computacionales y de Crédito CMR Falabella Limitada

RUT 79598260-4 CVE 1882797
Capital
$6.506.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2020

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2020
Repertorio
12153/2020
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTÍ
Oficio
Titular de la 48 Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL

Sociedad

Capital
$6.506.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Administradora de Servicios Computacionales y de Crédito CMR Falabella Limitada socio 79598260-4
Servicios y Garantías Falabella SpA accionista 76179527-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la 48 Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 31 de diciembre de 2020, bajo el repertorio N°12.153/2020 de esta misma Notaría, ante mí, FALABELLA INVERSIONES FINANCIERAS S.A. y PROMOTORA CMR INVERSIONES S.A., en su calidad de únicos socios de Administradora de Servicios Computacionales y de Crédito CMR Falabella Limitada, RUT 79.598.260-4, inscrita a fojas 17.229, número 8.910 del Registro de Comercio de Santiago de 1985 (la “Sociedad Absorbente”) y FALABELLA INVERSIONES FINANCIERAS S.A., como único accionista de Servicios y Garantías Falabella SpA, RUT 76.179.527-9, inscrita a fojas 70.839, número 51.866 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011 (la “Sociedad Absorbida”), todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en Moneda N°970, piso 20, comuna y ciudad de Santiago, acordaron aprobar: (a) la fusión por incorporación de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente, con efecto y vigencia a partir del 1 de enero de 2021 (la “Fecha Efectiva”), pasando la Sociedad Absorbente a ser la sucesora y continuadora legal de la Sociedad Absorbida para todos los efectos y adquiriendo todos sus activos y pasivos y sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones incorporándose a la Sociedad Absorbente, la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida. De conformidad al artículo 69 del Código Tributario, la Sociedad Absorbente se hace responsable solidario del pago de todos los impuestos que adeudare o pudiera llegar a adeudar la Sociedad Absorbida; (b) la disolución de la Sociedad Absorbida en la Fecha Efectiva, producto de su absorción por la Sociedad Absorbente, sin necesidad de efectuar su liquidación; (c) aumentar el capital de la Sociedad Absorbente, para materializar la fusión mencionada, en la cantidad de $6.506.000.000, asignándose los derechos sociales correspondientes a este aumento a FALABELLA INVERSIONES FINANCIERAS S.A. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la Sociedad Absorbente asciende a $6.511.736.745, íntegramente pagado por sus socios en la siguiente proporción: i) Falabella Inversiones Financieras S.A., la suma de $6.511.220.438 que equivale aproximadamente a un 99,992% de los derechos sociales; y ii) Promotora CMR Inversiones S.A., la suma de $516.307 que equivale aproximadamente a un 0,008% de los derechos sociales. Se modificó el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad Absorbente para dejar constancia del aumento de capital; y (d) Ampliación del objeto social de la Sociedad Absorbente, modificando el artículo segundo de los estatutos sociales en el siguiente sentido: “El objeto de la sociedad será: /a/ la prestación a personas naturales o jurídicas, de todo tipo de servicios, materiales y/o inmateriales, y en especial, la prestación de servicios computacionales y cualesquiera otros destinados a ayudar a dichas personas en la puesta en marcha y/o administración y/o mantención de sistemas de financiamiento para la adquisición de todo tipo de bienes; la obtención de créditos a corto y/o largo plazo, y la ejecución de todas las operaciones y negocios, y la celebración de todos los contratos necesarios o conducentes a la realización del objeto social, o que se relacionen directa o indirectamente con ese objeto; /b/ la organización, intermediación, agenciamiento y ejecución, por cuenta propia y ajena de servicios de vehículos de reemplazo, asistencia en ruta, y en general de todo tipo de servicios y asistencias para las personas y el hogar; c) La comercialización, intermediación y promoción de planes de servicios de garantía extendida; y d) Cualquier negocio que los socios acuerden. Para el cumplimiento del objeto, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar otras sociedades e ingresar en ellas, celebrar acuerdos relacionados a inversiones de la sociedad, y participar en otras actividades y fines que sean permitidos bajo las leyes chilenas.” Demás estipulaciones y acuerdos constan de escritura extractada. Santiago,11 de enero de 2021.