Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) el diseño, creación, impresión y marketing de productos, prestar servicios de diseño y ejecución de campañas publicitarias para productos y servicios masivos o no en cualquier tipo de establecimiento comercial; b) la prestación de servicios de asesoría y consultoría de mercado, la importación y exportación de productos publicitarios pudiendo realizar todas aquellas acciones conexas o complementarias; c) la asesoría en materias financieras, comerciales, tributarias, de marketing, planificación estratégica, administrativa, contables, de recursos humanos; la consultoría en cualquiera de estas materias; d) entregar cursos de capacitación, talleres, seminarios, en las área de asesoría; e) estudios de mercado; f) diseño, implementación y mantención de sistemas de información, creación de programas interactivos en cualquier formato, sitios o páginas en la red de internet e instalaciones multimediales; g) procesamiento de información con medios manuales, mecánicos y)o electrónicos; h) asesoría en la selección y adquisición de bienes y)o servicios nacionales y extranjeros que requiera la ejecución de los fines anteriores; i) todo lo que, en cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, tenga relación directa o indirecta con lo anterior, como también aquellas que los socios unánimemente acuerden; j) la participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; e, k) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, forestales, agrícolas o frutícolas, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderán a un administrador designado por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto mediante escritura pública o instrumento privado autorizado por notario público y protocolizado por éste, y con las facultades indicadas en la escritura extractada. En el período que media entre la constitución de la sociedad y la primera junta de accionistas, la administración corresponderá a Beatriz Graciela Riveros de Gatica con las facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de enero de 2021, Rep. N° 1.070, ante mí: BEATRIZ GRACIELA RIVEROS DE GATICA, C.I.N° 15.367.738-7, domiciliada en Benjamín N° 2.960, comuna de Las Condes, constituyó sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “PDV LATIN GROUP SpA”, pudiendo usar como nombre fantasía “PDV LATIN GROUP” o “PDVLG SpA” para fines bancarios, financieros, tributarios, comerciales y de publicidad. DOMICILIO: Comuna de Santiago. OBJETO: El objeto de la sociedad es: a) el diseño, creación, impresión y marketing de productos, prestar servicios de diseño y ejecución de campañas publicitarias para productos y servicios masivos o no en cualquier tipo de establecimiento comercial; b) la prestación de servicios de asesoría y consultoría de mercado, la importación y exportación de productos publicitarios pudiendo realizar todas aquellas acciones conexas o complementarias; c) la asesoría en materias financieras, comerciales, tributarias, de marketing, planificación estratégica, administrativa, contables, de recursos humanos; la consultoría en cualquiera de estas materias; d) entregar cursos de capacitación, talleres, seminarios, en las área de asesoría; e) estudios de mercado; f) diseño, implementación y mantención de sistemas de información, creación de programas interactivos en cualquier formato, sitios o páginas en la red de internet e instalaciones multimediales; g) procesamiento de información con medios manuales, mecánicos y/o electrónicos; h) asesoría en la selección y adquisición de bienes y/o servicios nacionales y extranjeros que requiera la ejecución de los fines anteriores; i) todo lo que, en cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, tenga relación directa o indirecta con lo anterior, como también aquellas que los socios unánimemente acuerden; j) la participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; e, k) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, forestales, agrícolas o frutícolas, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social. CAPITAL Y ACCIONES: $2.000.000 dividido en 2.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado en dinero en efectivo. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderán a un administrador designado por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto mediante escritura pública o instrumento privado autorizado por notario público y protocolizado por éste, y con las facultades indicadas en la escritura extractada. En el período que media entre la constitución de la sociedad y la primera junta de accionistas, la administración corresponderá a Beatriz Graciela Riveros de Gatica con las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 15 de enero de 2021.