MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Minimarket Los Pinos E.I.R.L.

RUT 76071053-9 CVE 1882164
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2020
Notario
Álvaro David Gonzalez Salinas
Oficio
42° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Ley aplicable
ley Nº 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro David Gonzalez Salinas, Notario Público Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: Por escritura pública de 29 de Diciembre de 2020, suscrita ante mí, comparecieron: Doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES, chilena Rut Nº 7.311.840-9 y Don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA, Rut Nº 13.231.837-9, todos domiciliados para estos efectos en calle Inés de Suarez N° 7733, departamento 704, comuna de la Florida, región metropolitana, dejaron constancia de los siguientes aspectos: I) Antecedentes, que se reseñan: 1) Mediante escritura pública de fecha 02.01.2014, suscrita ante la notario María Gloria Acharán Toledo, MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES, constituyente de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “Minimarket, Amasandería y Minimercado de Alcoholes María Sepúlveda Torres EIRL” o “Minimarket Los Pinos EIRL”, que se constituyó mediante escritura pública otorgada con fecha 10.08.2009 en la Notaria de Santiago Maria Gloria Acharán, cuyo extracto fue inscrito a fojas 40083, N° 27.677 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial de fecha 07.09.2009, convino con don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA la transformación de la Empresa Individual en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social fue “Minimarket, Amasandería y Minimercado de Alcoholes Los Pinos Limitada”, regida por las prescripciones de la ley Nº 3.918 y sus modificaciones, teniendo además presentes las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia. 2) Mediante escritura pública de fecha 13.03.2014 ente la notario Maria Gloria Acharán Toledo, los comparecientes procedieron a resciliar el contrato de sociedad que les unía, ya que reanalizarían una nueva transformación en un acto posterior, otorgándose el más amplio, completo y total finiquito recíproco respecto de las obligaciones contraída. Dicha resciliación fue inscrita a fojas 26.279 N° 16.510 del Registro de Comercio del año 2014 y publicada en el Diario Oficial con fecha 23.04.2014. 3) Mediante escritura pública de fecha 23.04.2014, suscrita ente la notario Maria Gloria Acharán Toledo, los comparecientes acordaron nuevamente la transformación de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “Minimarket, Amasandería y Minimercado de Alcoholes María Sepúlveda Torres EIRL”, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, regida por las prescripciones de la ley Nº 3.918. Que, para transformar la Empresa Individual en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES cedió en forma previa y en ese acto a don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA el 30% de sus derechos en la Empresa Individual, además de los porcentajes en las cuentas patrimoniales que registraba la sociedad a esa fecha, equivalentes a la suma de $3.000.000. El precio de la cesión de derechos fue de $500.000, que el cesionario don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA pagó en ese acto, en dinero efectivo. Luego de la cesión antes dicha, doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES fue titular del 70% de los derechos de la Empresa Individual, equivalentes a $7.000.000 y don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA fue titular del 30%, equivalentes a $3.000.000, siendo los actuales y únicos socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Dicha Transformación fue inscrita a fojas 30.417 N° 19.012 de 2014 y publicada en el Diario Oficial con fecha 02.05.2014. 4) En la misma escritura de transformación indicada, se establecieron los nuevos estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada, se dispuso su razón social como “Minimarket, Amasandería y Minimercado de Alcoholes Los Pinos Limitada” y que el capital social es la suma de $30.000.000, completamente suscrito y pagado según se indicó en la escritura. 5) Mediante escritura pública de fecha 26.12.2016, suscrita ente el notario Jaime Bernales Larrain, los comparecientes acordaron la modificación de la sociedad en el siguiente sentido: a) don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA vendió, cedió y transfirió parte de sus derechos sociales, equivalentes al 29% a doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES, quien los compró y adquirió para sí en la suma de $8.000.000 que la cesionaria pagó en ese acto al contado y en dinero efectivo. Por lo tanto, luego de la cesión antes dicha, doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES fue titular del 99% de participación en la sociedad, y don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA ha sido titular del 1%, siendo los actuales y únicos socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Dicha Modificación fue inscrita a fojas 99.733 N° 55.365 del año 2016 y publicada en el Diario Oficial con fecha 02.05.2016. II) Asimismo, convinieron y dejaron constancia de los siguientes acuerdos que se reseñan: que don CLAUDIO ALEJANDRO LIRA SEPÚLVEDA vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales a doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES, quien los compró, adquirió y aceptó para sí. El precio de la cesión fue la suma de $2.000.000, que la cesionaria pagó al cedente al contado y en dinero efectivo, declarando ésta recibir tal cantidad a su entera satisfacción. Luego, doña MARIA LORETTO SEPULVEDA TORRES, en su carácter de único miembro de la sociedad constituyó por transformación, una sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en adelante la “Sociedad”, la que se regirá especial y preponderantemente por los estatutos detallados en la escritura extractada, cuya razón social es “Minimarket, Amasandería y Minimercado de Alcoholes Los Pinos SpA”, pudiendo usar para efectos de publicidad, incluso ante bancos e instituciones financieras, como nombre de fantasía, el de “Los Pinos SpA“. El objeto de la sociedad es la fabricación, elaboración, producción, envasado, compraventa, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de alimentos perecibles y no perecibles, de panadería, pastelería, confitería, rotisería, masas horneadas dulces o saladas, bebidas analcohólicas o alcohólicas, té, café, alimentos fríos o calientes, toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro y productos alimenticios en general; compraventa y comercialización de abarrotes; importación de toda clase de maquinarias relacionadas con el rubro; la realización de todo tipo de actividades relacionadas con la gastronomía y cualquier otro negocio relacionado o no con el anterior y que los socios determinen. El capital de la sociedad será la suma equivalente en moneda nacional a $30.000.000, divididas en 1000 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los estatutos. La sociedad será administrada por quien o quienes se designe (n) en calidad de administrador (es), de acuerdo a la estructura de poderes señalada en la escritura extractada. Los comparecientes se otorgaron el más amplio, completo y total finiquito y declararon que los impuestos que afectan el funcionamiento de la sociedad, se encuentran íntegramente pagados. Asimismo, la sociedad continuadora se hace responsable de los eventuales impuestos que pudieren afectar al socio que se retiró, todo ello según lo preceptúa el artículo 69 del Código Tributario. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se deja constancia que el RUT de la Soc. es Nº 76.071.053-9.-Santiago, 12 de Enero de 2021.