Instrumento
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La fabricación, manufactura y embasamiento, compra, venta, distribución, almacenamiento, deposito, importación, exportación, arrendamiento, consignación, intermediación y comercialización, al por mayor y detalle, por cuenta propia o de terceros, nacional o internacional, de toda clase de materias primas, bienes y productos, corporales e incorporales, muebles e inmuebles y servicios. B) Se inicia por acuerdo de los socios con el giro de Restaurante, Comida Rápida y o con consumo al paso, delivery Pollería, productos de Pastelería, y demás productos derivados; todo lo anterior y todo lo relacionado con la Gastronomía nacional o internacional, de cualquier forma, pudiendo ampliarlos a cualquier otro rubro o negocio relacionado o no que acuerde el o los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Interino 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, CERTIFICA: que por escritura pública hoy ante mí, CARLOS CRISTIAN ESTELA CUBAS, y LUZ LEUNILA PÉREZ DÁVILA, ambos comerciantes, domiciliados Vicuña Mackenna 9616, La Florida constituyeron una sociedad por acciones. NOMBRE: “INVERSIONES VILLA MAR SpA.”, nombre de fantasía “LIMA Y MAR SpA.” DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio agencias o sucursales otros lugares del país o del extranjero. DURACION: indefinida. OBJETO: a) La fabricación, manufactura y embasamiento, compra, venta, distribución, almacenamiento, deposito, importación, exportación, arrendamiento, consignación, intermediación y comercialización, al por mayor y detalle, por cuenta propia o de terceros, nacional o internacional, de toda clase de materias primas, bienes y productos, corporales e incorporales, muebles e inmuebles y servicios. B) Se inicia por acuerdo de los socios con el giro de Restaurante, Comida Rápida y o con consumo al paso, delivery Pollería, productos de Pastelería, y demás productos derivados; todo lo anterior y todo lo relacionado con la Gastronomía nacional o internacional, de cualquier forma, pudiendo ampliarlos a cualquier otro rubro o negocio relacionado o no que acuerde el o los socios. C) Organizar, promover, representar, constituir y tomar parte en todo tipo de negocios, empresas o sociedades, sean de personas o de capitales, nacionales o extranjeras, a fines al giro principal o no, incluyendo la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de inversión o marcas registradas; el uso de licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado u otros. D) Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren la mayoría de los accionistas. CAPITAL: $5.000.000, no hay series de acciones ni privilegios, se suscribe, entera y paga así: Carlos Cristian Estela Cubas, suscribe y paga este acto $2.500.000, equivalente al 50% acciones nominativas; y Luz Leunila Pérez Dávila, suscribe y paga este acto $2.500.000.- equivalente al 50% acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a $5.000.000. Todas las acciones se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, los cuales ingresan a la caja social. En consecuencia, se encuentra íntegramente suscrito y pagado la totalidad del capital social. Santiago, 22 diciembre 2020.