Welukan SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2020
- Notario
- Marcel Mathieu Pommiez Ilufí
- Domicilio
- Cañete
Sociedad
- Capital
- $40.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Cañete
Objeto social
Servicios Forestales, Obras Civiles, tales como construcción de edificios, casas, puentes, alcantarillas, caminos, carreteras, canales, desagües, arriendo de maquinaria pesada, arriendo de vehículos explotaciones forestales, compra y venta de bosques, prestación de servicios mecánicos y Administrativos, Transporte de personas y de maquinaria e insumos, importaciones de repuestos e insumos, compra y venta de repuestos, ya sea por cuenta propia o ajena o suma alzada o por administración, o por cualquier otra forma o asistencia, pudiendo realizar todas las operaciones comerciales e industriales, conexas o relacionadas con los giros, contratar y subcontratar todo o parte de las determinadas obras de la construcción, proyectar, y)o ejecutar obras civiles y de ingeniería, y cualquiera que se relacione en alguna forma con la construcción
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| WELUKAN LIMITADA | socio | 76908045-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarcel Mathieu Pommiez Ilufí, Notario Público de Cañete, Esmeralda 280, certifico: Por escritura ante mí de 22/12/2020, comparecen don Marcos Antonio Ávila Navarro, chileno, soltero, empresario, C.I. N° 13.629.433-4, como único accionista de Welukan SpA y doña Carolina Alejandra González Friz, chilena, soltera, nutricionista, C.I. N° 13.384.658-1, ambos Las Araucarias s/n, Cañete donde el primero reduce a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones “Welukan SpA” de 22/12/2020, donde siendo las 9 horas, en el oficio de la Notaría, se llevó a efecto la Junta que tuvo por objeto acordar la modificación de la sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada, la que se denominará WELUKAN LIMITADA, RUT 76.908.045-8, agregar a la nueva sociedad con el cincuenta por ciento de los derechos en la misma a doña Carolina Alejandra González Friz, ya individualizada y fijar el nuevo texto refundido de sus estatutos sociales, como consecuencia de la transformación social antes señalada. “Welukan SpA”, se constituyó por escritura pública de fecha 06/08/2018 ante mí, extracto inscrito a Fs. 20 N° 31, Registro de Comercio año 2018, a mi cargo. Welukan SpA tiene actualmente un capital de $ 27.000.000. Estatutos de Welukan Limitada. Por el presente instrumento los comparecientes antes individualizados constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. El nombre de la sociedad es “WELUKAN LIMITADA” y nombre comercial: “WELUKAN”. Objeto: Servicios Forestales, Obras Civiles, tales como construcción de edificios, casas, puentes, alcantarillas, caminos, carreteras, canales, desagües, arriendo de maquinaria pesada, arriendo de vehículos explotaciones forestales, compra y venta de bosques, prestación de servicios mecánicos y Administrativos, Transporte de personas y de maquinaria e insumos, importaciones de repuestos e insumos, compra y venta de repuestos, ya sea por cuenta propia o ajena o suma alzada o por administración, o por cualquier otra forma o asistencia, pudiendo realizar todas las operaciones comerciales e industriales, conexas o relacionadas con los giros, contratar y subcontratar todo o parte de las determinadas obras de la construcción, proyectar, y/o ejecutar obras civiles y de ingeniería, y cualquiera que se relacione en alguna forma con la construcción. Domicilio: comuna de Cañete, sin perjuicio, de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. Capital: $ 40.000.000 que se aporta por los socios de la siguiente forma: $27.000.000 aportados por Marcos Antonio Ávila Navarro y $13.000.000 aportados por Carolina Alejandra González Friz. El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don Marcos Antonio Ávila Navarro, quien podrá ejercer por sí solo, o bien a través, de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones en escritura extractada.