CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTAS MANANTIALES LIMITADA

CVE 1881377
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de noviembre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de noviembre de 2020
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades

Administración

Corresponderá, separada e indistintamente, a don Andrés Eduardo Arriagada Laissle y a doña Claudia Leonor Prüssing Blaña con las facultades estipuladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera n° 4.886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2020, ante mí: INVERSIONES LOS AVELLANOS LIMITADA e INVERSIONES LOS MAÑÍOS LIMITADA, debidamente representada, todos domiciliados para estos efectos en calle Castellón número 227, comuna de Concepción, Octava Región, y de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad Limitada. Razón Social: “RENTAS MANANTIALES LIMITADA”, pudiendo usar indistintamente la expresión abreviada “RENTAS MANANTIALES LTDA”. Domicilio: comuna de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno. Inversiones Los Avellanos Limitada, aporta la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, que se pagarán en el plazo de tres meses a contar de la fecha del presente instrumento, en dinero efectivo. Dos. Inversiones Los Mañíos Limitada, debidamente representada, aporta la suma de $800.000, equivalentes al 80% del capital y derechos sociales, que se pagarán en el plazo de tres meses a contar de la fecha del presente instrumento, en dinero efectivo. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: Corresponderá, separada e indistintamente, a don Andrés Eduardo Arriagada Laissle y a doña Claudia Leonor Prüssing Blaña con las facultades estipuladas en escritura extractada. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. San Miguel, 13 de enero de 2021.