INVERSIONES RTB SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Sociedad
- Capital
- $560.385.619 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, certifica que: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2020, ante mí, los únicos y actuales accionistas de INVERSIONES RTB SpA, Rut.: 76.206.632-7, a saber, i) Gabriel Ruiz-Tagle Correa; ii) María Loreto Barros Gallardo; iii) Gabriel Ruiz-Tagle Barros; iv) José Tomás Ruiz-Tagle Barros; v) Matías Ruiz-Tagle Barros; vi) Ignacio Ruiz-Tagle Barros; vii) José Rodrigo Ruiz-Tagle Barros; viii) Miguel Ruiz-Tagle Barros, acordaron, entre otras materias: a) Dejar sin efecto el acuerdo relativo a reconocer un nuevo capital de $560.385.619, producto de la capitalización de pleno derecho de la cuenta de revalorización de capital propio, adoptado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, sostenida el día 15 de octubre del año 2019, a las 8:30 horas y proceder a rectificar inmediatamente el monto a que debe ascender el capital de la Sociedad producto de la capitalización de pleno derecho de la cuenta de revalorización de capital propio a la presente fecha, de acuerdo al balance de la Sociedad al 31 de diciembre de 2019, quedando éste en 123.400.000 pesos, dividido en 800 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal; b) Aumentar el capital de la Sociedad, ascendente a $123.400.000, dividido en 800 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, a la suma de $12.123.400.000, dividido en un total de 1.464 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, mediante la emisión de 664 nuevas acciones de pago, de iguales características a las ya existentes, a un valor de colocación igual a $18.072.289,1566 cada una. En consecuencia, el capital se aumentó en la cantidad de $12.000.000.000.- De esta forma, el capital social asciende a la suma total de $12.123.400.000, dividido en 1.464 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, y se suscribe, paga y pagará de la siguiente forma: i) Gabriel Ruiz-Tagle Correa, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; ii) María Loreto Barros Gallardo, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; iii) Gabriel Ruiz-Tagle Barros, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; iv) José Tomás Ruiz-Tagle Barros, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; v) Matías Ruiz-Tagle Barros, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; vi) Ignacio Ruiz-Tagle Barros, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; vii) José Rodrigo Ruiz-Tagle Barros, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha; y, viii) Miguel Ruiz-Tagle Barros, con 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, con 83 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a ser íntegramente pagadas, en la forma acordada en la escritura pública de fecha 23 de diciembre del año 2020, en el plazo máximo de 1 año contado desde dicha fecha. c) Modificar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, dando cuenta de las modificaciones acordadas. Demás materias constan en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2021.