MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LUMIERE LIMITADA

RUT 76156340-8 CVE 1881601
Capital
$81.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$81.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencia, oficinas o sucursales, en otros puntos del país o en el extranjero. D)
Duración
10 años a contar de fecha de constitución de sociedad, prorrogable en la forma señalada en escritura extractada

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

Corresponderá a don Juan Guillermo Reutter Reinking, quien actuará individualmente y con las facultades señaladas en escritura extracta. F)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2020, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, don Juan Guillermo Reutter Reinking, doña Mariela Isabel Contreras Álvarez, doña Gabriela Tiare Reutter Contreras y doña Antonia Ayelén Reutter Contreras, todos domiciliados en Avenida El Salto 4.447, comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, modificaron sociedad “INVERSIONES LUMIERE LIMITADA”, inscrita a fojas 28.286, Nº 21.013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004. Modificaciones consisten en: 1) División. Dividir la sociedad, manteniendo la personalidad jurídica de INVERSIONES LUMIERE LIMITADA y surgiendo de la división una nueva sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social será INVERSIONES LUMIERE II LIMITADA, la que se constituye como consecuencia de la división. 2) Disminución de capital. Con motivo de la división, se disminuye el capital de INVERSIONES LUMIERE LIMITADA, ascendente a $81.000.000.-, en la suma de $80.928.466.-, con lo cual el capital queda reducido a $71.534.-, aportado y pagado de la siguiente forma: a) Juan Guillermo Reutter Reinking, aporta la suma de $60.803.-, equivalentes al 85% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; b) Mariela Isabel Contreras Álvarez, aporta la suma de $3.577.-, equivalentes al 5% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; c) Gabriela Tiare Reutter Contreras, aporta la suma de $3.577.-, equivalentes al 5% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; y, d) Antonia Ayelén Reutter Contreras, aporta la suma de $3.577.-, equivalentes al 5% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. Se reemplaza el artículo Sexto de los estatutos sociales relativo al capital. Salvo por lo modificado, los estatutos de Inversiones Lumiere Limitada quedan íntegramente vigentes. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. 3) Aprobación de Estatutos. Aprobar los estatutos de la sociedad INVERSIONES LUMIERE II LIMITADA, que nace producto de la división, los cuales se extractan a continuación: A) Socios: Juan Guillermo Reutter Reinking, Mariela Isabel Contreras Álvarez, Gabriela Tiare Reutter Contreras y Antonia Ayelén Reutter Contreras, todos domiciliados en Avenida El Salto 4.447, comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago. B) Razón Social: “INVERSIONES LUMIERE II LIMITADA”, pudiendo usar expresión abreviada de “INVERSIONES LUMIERE II LTDA.”. C) Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencia, oficinas o sucursales, en otros puntos del país o en el extranjero. D) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, loteo, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. D) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $80.928.466.- que ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) Juan Guillermo Reutter Reinking, aporta la suma de $68.789.197.-, equivalentes al 85% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; b) Mariela Isabel Contreras Álvarez, aporta la suma de $4.046.423.-, equivalentes al 5% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; c) Gabriela Tiare Reutter Contreras, aporta la suma de $4.046.423.-, equivalentes al 5% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; y, d) Antonia Ayelén Reutter Contreras, aporta la suma de $4.046.423.-, equivalentes al 5% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. Se deja constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad. E) Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a don Juan Guillermo Reutter Reinking, quien actuará individualmente y con las facultades señaladas en escritura extracta. F) Duración: 10 años a contar de fecha de constitución de sociedad, prorrogable en la forma señalada en escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada hasta monto aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2021.