AGRICOLA SANTA ERNESTINA SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2021
- Repertorio
- 77-2021
- Notario
- JESSICA ACUÑA GOMEZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Calle El Escorial N° 370, departamento N° 501, comuna de Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la explotación agrícola, agroindustrial, ganadera y avícola de predios rústicos por cuenta propia o ajena; la transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación; la producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, leche y productos lácteos en general y cualquier producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros; prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrícolas; prestación de servicios, de fletes, con maquinarias propias o ajenas; la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; y la realización de cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los estatutos
Administración
Corresponderá a don GONZALO IGNACIO HELLE REYDET, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. Gerencia General. Corresponderá a doña ORIETTE DEL CARMEN REYDET BENAVIDES, quien tendrá las atribuciones indicadas en el estatuto social. Régimen tributario. La sociedad optará por el régimen que tribute sobre la base de renta efectiva y que mejor responda a sus necesidades de información y control, de acuerdo a lo regulado por la administración tributaria
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESSICA ACUÑA GOMEZ, Abogado, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Temuco, ubicada en calle Claro Solar N° 831, de la ciudad de Temuco, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 12 de Enero del 2021, Repertorio N° 77-2021; doña LILLIAN PATRICIA REYDET BENAVIDES, tecnólogo médico, divorciada, cédula de identidad N° 6.688.051-6, domiciliada en El Escorial N° 0888, Temuco, por sí y en representación convencional, de doña CAROLINA CONSTANZA HELLE REYDET, ingeniero civil industrial, casada bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad N° 15.504.061-0, domiciliada en Andrés de Vera N° 5000, departamento N° 507, Vitacura, de don GONZALO IGNACIO HELLE REYDET, ingeniero comercial, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad N° 16.316.623-2, domiciliado en Hermanos Cabot N° 7818, departamento N° 703, Las Condes, y de don ALVARO ANDRES HELLE REYDET, ingeniero comercial, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad N° 10.739.516-4, domiciliado en Los Retamos N° 15, Condominio Las Flores, Chicureo, Colina, y doña ORIETTE DEL CARMEN REYDET BENAVIDES, ejecutiva comercial, soltera, cédula de identidad N° 7.264.991-5, domiciliada en Hochstetter N° 1050, departamento N° 507, Temuco; constituyeron una sociedad por acciones. Nombre de la sociedad. “AGRICOLA SANTA ERNESTINA SpA”, pudiendo emplear además la expresión “SANTA ERNESTINA SpA”. Objeto. El objeto de la sociedad será la explotación agrícola, agroindustrial, ganadera y avícola de predios rústicos por cuenta propia o ajena; la transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación; la producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, leche y productos lácteos en general y cualquier producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros; prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrícolas; prestación de servicios, de fletes, con maquinarias propias o ajenas; la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; y la realización de cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los estatutos. Domicilio. Calle El Escorial N° 370, departamento N° 501, comuna de Temuco, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración. Indefinida. Capital. $10.000.000.-, dividido en 1000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, de la siguiente forma: doña LILLIAN PATRICIA REYDET BENAVIDES suscribe 200 acciones, por un valor de $2.000.000., en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales, doña CAROLINA CONSTANZA HELLE REYDET, suscribe 200 acciones, por un valor de $2.000.000., en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales, don GONZALO IGNACIO HELLE REYDET, suscribe 200 acciones, por un valor de $2.000.000., en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales, don ALVARO ANDRES HELLE REYDET, suscribe 200 acciones, por un valor de $2.000.000., en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales, y doña ORIETTE DEL CARMEN REYDET BENAVIDES, suscribe 200 acciones, por un valor de $2.000.000., en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales. Administración. Corresponderá a don GONZALO IGNACIO HELLE REYDET, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. Gerencia General. Corresponderá a doña ORIETTE DEL CARMEN REYDET BENAVIDES, quien tendrá las atribuciones indicadas en el estatuto social. Régimen tributario. La sociedad optará por el régimen que tribute sobre la base de renta efectiva y que mejor responda a sus necesidades de información y control, de acuerdo a lo regulado por la administración tributaria.- Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 15 de Enero del año 2021.