SOCIEDAD COMERCIALIZADORA IMPACT CAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales, en el país o en el extranjero
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, prorrogable en la forma señalada en escritura extractada
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá en forma exclusiva al socio don Shover Heeskens Varillas Daza, quien actuando en la forma señalada representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 1 de diciembre de 2020, ante mí, comparecen: don Duber Ivan Galvez Castillo, cédula de identidad número 24.961.727-K, peruano, soltero, factor de comercio; don Shover Heeskens Varillas Daza, cédula de identidad número 24.956.281-5, peruano, soltero, factor de comercio; don Luis Alexis Robles Aroste, cédula de identidad número 25.396.894-K, peruano, soltero, factor de comercio; don Marwin William Solis Ramos, cédula de identidad número 25.392.152-8, peruano, soltero, factor de comercio, todos domiciliados para estos efectos en calle Cuatro Norte Numero 4635, Comuna de Macul, Santiago, vienen en constituir sociedad comercial de Responsabilidad Limitada, y cuyos estatutos quedan del siguiente tenor: Razón social: El nombre o razón social será “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA IMPACT CAR LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de “IMPACT CAR LTDA.”.- Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales, en el país o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La ejecución de trabajos de Instalación, mantenimiento, reparación, montaje y desmontaje de laminas de seguridad y/o polarizado, en todo tipo de vehículos; así como también para inmuebles comerciales y residenciales; b) Y la comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo señalado y cualquier otro acto afín que acordaren los socios c) Efectuar toda clase de inversiones, inmobiliarias o mobiliarias, pudiendo formar, contribuir, participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades, entidades, y comunidades; d) Adquirir activos, pasivos, patrimonios, o parte de estos, acciones, valores, bonos y, en general, toda clase de bienes muebles o inmuebles e) La administración y explotación en cualquier forma de dichos bienes.- y f) La sociedad podrá celebrar toda clase de actos y/o contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto y que sean necesarios o conducentes a la consecución de los fines sociales. Capital Social. El capital social es la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don Duber Ivan Galvez Castillo, aporta el 25% que equivale a la suma de $250.000.- ; b) don Shover Heeskens Varillas Daza, aporta el 25% que equivale a la suma de $250.000.- c) don Luis Alexis Robles Aroste, aporta el 25% que equivale a la suma de $250.000.- d) don Marwin William Solis Ramos, aporta el 25% que equivale a la suma de $250.000, que se ingresa en este momento en las arcas sociales.- Administracion: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá en forma exclusiva al socio don Shover Heeskens Varillas Daza, quien actuando en la forma señalada representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada. Duración: 5 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, prorrogable en la forma señalada en escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. 06 de enero de 2021.-