INMOBILIARIA POZA DE LAS PERDICES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 20622
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.370 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 14/12/2020, Repertorio 20622 – 2020, ante el Notario Titular, don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANÍAS, C.I. Nº 5.786.634-9, por sí y en representación de INVERSIONES PASABAL SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 76.246.139-0; de don ALEXIS CARLOS SAUMA MAHALUF, C.I. Nº 8.917.218-7; de don ANDRÉS ELÍAS SAUMA MAHALUF, C.I. Nº 8.917.215-2, de doña SANDRA KARINA SAUMA VIDAL, C.I. Nº 9.982.394-1, de doña MARÍA LORENA SAUMA VIDAL, C.I. Nº 9.982.362-3, de don ABRAHAM ELÍAS SAUMA MARTÍNEZ, C.I. Nº 15.383.402-4, de don BENJAMÍN SAUMA MARTÍNEZ, C.I. Nº 17.552.595-5, y de doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, C.I. Nº 10.046.006-8; todos los anteriores, domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Costanera Nº 4.040, oficina 24, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; únicos socios de INMOBILIARIA POZA DE LAS PERDICES LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada con fecha 07 de agosto del año 2012, en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto se encuentra inscrito a Fojas 61.972 Nº 43.202 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, y se publico en el Diario Oficial de fecha 07 de Septiembre del mismo año. La sociedad ha sufrido modificaciones siendo la última la que consta en escritura pública de fecha 29 de Junio de 2017, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, cuyo extracto se inscribio a Fojas 53.963 número 29.181 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, y se publico en el Diario Oficial el 15 de Julio del mismo año. Los socios convienen en lo siguiente: CESIONES DE DERECHOS: A) don ABRAHAM ELÍAS SAUMA MARTÍNEZ, vende cede y transfiere a don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANÍAS, quien compra y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales de los que es titular, esto es el 0,421496293% del capital social. El precio de la cesión asciende a la suma de $12.370.735 que el comprador pagará dentro del plazo de un año a contar de la fecha de la presente escritura. B) don BENJAMÍN SAUMA MARTÍNEZ, vende cede y transfiere a don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANÍAS, quien compra y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales de los que es titular, esto es el 0,210748156% del capital social. El precio de la cesión asciende a la suma de $6.185.368 que el comprador pagará dentro del plazo de un año a contar de la fecha de la presente escritura. C) doña MARÍA LORENA SAUMA VIDAL, vende cede y transfiere a don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANÍAS, quien compra y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales de los que es titular, esto es el 0,210748156% del capital social. El precio de la cesión asciende a la suma de $6.185.368 que el comprador pagará dentro del plazo de un año a contar de la fecha de la presente escritura. Como consecuencia de las cesiones antes mencionadas, se retiran de la sociedad don ABRAHAM ELÍAS SAUMA MARTÍNEZ, don BENJAMÍN SAUMA MARTÍNEZ y doña MARÍA LORENA SAUMA VIDAL, quedando como únicos socios de INMOBILIARIA POZA DE LAS PERDICES LIMITADA, don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANIAS, INVERSIONES PASABAL SpA, don ALEXIS CARLOS SAUMA MAHALUF, don ANDRÉS ELÍAS SAUMA MAHALUF, doña SANDRA KARINA SAUMA VIDAL, y doña PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF. Como consecuencia de las cesiones antes mencionadas, los socios de INMOBILIARIA POZA DE LAS PERDICES LIMITADA acuerdan introducir al pacto social las siguientes modificaciones: Modificar cláusula Quinta relativa al capital, dejándola sin efecto e introduciendo la siguiente nueva: “ARTÍCULO QUINTO. CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de $5.243.100.953 aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) Don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANÍAS, aporta la suma de $2.141.439.334, equivalentes al 40,842992605% de los derechos sociales, el que se encuentra pagado y enterado en caja social con anterioridad a este acto; b) ALEXIS CARLOS SAUMA MAHALUF, aporta la suma de $33.149.215, equivalentes al 0,632244449% de los derechos sociales, el que se encuentra pagado y enterado en caja social con anterioridad a este acto; c) ANDRÉS ELÍAS SAUMA MAHALUF, aporta la suma de $11.049.739, equivalentes al 0,210748156% de los derechos sociales, el que se encuentra pagado y enterado en caja social con anterioridad a este acto; d) SANDRA KARINA SAUMA VIDAL, aporta la suma de $11.049.739, equivalentes al 0,210748156% de los derechos sociales, el que se encuentra pagado y enterado en caja social con anterioridad a este acto; e) PAOLA PATRICIA SAUMA MAHALUF, aporta la suma de $11.049.739, equivalentes al 0,210748156% de los derechos sociales, el que se encuentra pagado y enterado en caja social con anterioridad a este acto; y, f) INVERSIONES PASABAL SpA, aporta la suma de $3.035.363.187, equivalentes al 57,892518478% de los derechos sociales, el que se encuentra pagado y enterado en caja social con anterioridad a este acto.” En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social, en todo aquello que sea compatible con las modificaciones efectuadas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. pam.