MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA

RUT 77261794-1 CVE 1880986
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2021

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2021
Notario
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Administración

La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ROLF CHRISTIAN EICHLER MEIER quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades.” Asimismo, los socios acordaron modificar el artículo octavo de los estatutos sociales, no extractable

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 11 de enero del año 2021, ante mí, don ROLF CHRISTIAN EICHLER MEIER, domiciliado para estos efectos en calle Turismo número 151, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, de paso en esta; la sociedad INVERSIONES R Y R SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada para estos efectos en calle Turismo número 151, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, de paso en esta; y la sociedad AGRÍCOLA SANTA INÉS DE LA VEGA LIMITADA, domiciliada para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy número 9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, de paso en esta, Región Metropolitana; celebraron “Cesión de Derechos y Modificación de Estatutos INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 73.302 número 35.168 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2020, y acordaron lo siguiente: I. Cesiones de derechos: 1) la sociedad AGRÍCOLA SANTA INÉS DE LA VEGA LIMITADA vende, cede y transfiere el 1% del total de los derechos sociales de los que es titular en la sociedad INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA a don ROLF CHRISTIAN EICHLER MEIER, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio y condiciones de cesión en escritura extractada; 2) la sociedad AGRÍCOLA SANTA INÉS DE LA VEGA LIMITADA vende, cede y transfiere el 29% del total de los derechos sociales de los que es titular en la sociedad INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA a la sociedad INVERSIONES R Y R SOCIEDAD ANÓNIMA. Precio y condiciones de cesión en escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones de derechos, don ROLF CHRISTIAN EICHLER MEIER ingresa como socio a la sociedad INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA. A su vez, como consecuencia de las cesiones de derechos, la sociedad INVERSIONES R Y R SOCIEDAD ANÓNIMA aumenta su participación como socia en la sociedad INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA. Por su parte, AGRÍCOLA SANTA INÉS DE LA VEGA LIMITADA se retira de la sociedad INMOBILIARIA LOMAS DE LAS VEGAS LIMITADA. II. Modificaciones sociales: Como consecuencia, socios acuerdan modificar el artículo quinto y séptimo de los estatutos sociales, relativos al capital social y la administración, respectivamente, cuyo tenor extractado es el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital social asciende a la cantidad de $1.000.000, que se aporta, enterará y pagará por los socios en la forma y condiciones que se indican a continuación: a) la sociedad INVERSIONES R Y R SOCIEDAD ANÓNIMA aporta la suma de $990.000, correspondientes al 99% de los derechos en que se divide el capital social, los cuales enterará y pagará con dinero, moneda de curso legal, en el plazo máximo de 3 años contados desde el día 06 de noviembre de 2020, debidamente reajustados; y, b) don ROLF CHRISTIAN EICHLER MEIER aporta la suma de $10.000, correspondientes al 1% de los derechos en que se divide el capital social, los cuales enterará y pagará con dinero, moneda de curso legal, en el plazo máximo de 3 años contados desde el día 06 de noviembre de 2020, debidamente reajustados.” “ARTÍCULO SÉPTIMO: Administración. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ROLF CHRISTIAN EICHLER MEIER quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades.” Asimismo, los socios acordaron modificar el artículo octavo de los estatutos sociales, no extractable. Demás estipulaciones constan escritura extractada. San Ramón, 13 de enero de 2021. M. Medina Ricci. Notario Público.