HERMANOS VIAL HURTADO SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura Pública de fecha 18 de diciembre del año 2020, ante mí: don Juan Luis Vial Hurtado, doña María Carolina Vial Hurtado, doña María José Vial Hurtado y don Patricio Vial Hurtado, domiciliados en calle Providencia 2330, Santiago, Región Metropolitana, en calidad de únicos y actuales accionistas según registro que he tenido a la vista de HERMANOS VIAL HURTADO SPA, inscrita fojas 87520, número 43008, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019, acordaron aumento de capital y modificación de la sociedad en los siguientes términos: I. Aumento de Capital: Aumentar el capital de la suma de $100.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por sus accionistas, en la cantidad de $270.000.000, que serán representados por la emisión de 270.000 nuevas acciones, de iguales características a las ya existentes, quedando en definitiva el capital social, en la suma total de $270.100.000, representado por 270.100 acciones de iguales características a las ya existentes. La suscripción y pago se realiza conforme se indica en escritura extractada. II. Modificación de Estatutos: Como consecuencia de lo anterior, los accionistas acuerdan modificar el Artículo Quinto del pacto social: “Artículo Quinto: El capital social es la suma única y total de $270.100.000, dividido en 270.100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, de la forma expresada en el artículo primero transitorio de los estatutos sociales.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de enero de 2021.-