MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES CARE & BALANCE LIMITADA

RUT 76104178-9 CVE 1881031
Fecha instrumento
30 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de noviembre de 2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Abogado Notario Público Suplente Del Titular PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 30 de Noviembre de 2020, ante el Notario Titular, JOHANNA ANDREA PINO ZÚÑIGA, con domicilio en Eduardo Castillo Velasco dos mil treinta y tres Comuna de Ñuñoa Santiago, MARIELA IVONNE OLIVARES GALVEZ, con domicilio en Ricardo Lyon número tres mil ciento setenta y siete departamento setenta y cuatro, Comuna de Ñuñoa, Santiago, y ALEJANDRA ELIZABETH ALARCON MEDINA, con domicilio en Román Díaz número setecientos ochenta y cinco ,departamento once, comuna de Providencia, Santiago; modifican sociedad “ASESORIAS E INVERSIONES CARE & BALANCE LIMITADA”, constituida el 11 de junio del año 2010, ante el Notario Público de Santiago don FELIX JARA CADOT, publicada en el Diario Oficial el 26 de junio 2010, e inscrita a fojas 30103 número 20807 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago el año 2010; modifican: Doña ALEJANDRA ELIZABETH ALARCON MEDINA, vende, cede y transfiere un 33.33% de sus derechos, en la sociedad precedentemente individualizada, a doña MARIELA IVONNE OLIVARES GALVEZ y a doña JOHANNA ANDREA PINO ZÚÑIGA, quienes en conjunto les compran su derecho y aceptan para sí en $333.333, pagados en este acto, al cedente y que ésta declara recibir a su entera satisfacción.- Quedan como únicos socios doña JOHANNA ANDREA PINO ZÚÑIGA y doña MARIELA IVONNE OLIVARES GALVEZ, con un 50%, cada una de las socias respectivamente, y acuerdan modificar los estatutos sociales en lo que se indicará, quedando ellos como se expresará: Uno) “ARTICULO CUARTO”: La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias, quienes actuarán conjunta o separadamente por la sociedad y la obligarán anteponiendo sus firmas a la razón social”.- dos) Ampliar el objeto social el que quedará de la siguiente manera: Realizará servicios profesionales kinésicos, junto con la realización de asesorías, consultorías de todo tipo, tanto a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en materia nutricional y de actividad física; la realización de inversiones por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes; corporales e incorporales, muebles e inmuebles, urbanos o rurales, establecimientos de comercio, sean propios o ajenos, administrar sus inversiones y percibir sus frutos y renta; explotar los bienes que administre por cuenta propia o ajena; para el efecto de sus inversiones podrá comprar, adquirir o enajenar a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio y cualquier clase o título de crédito o inversión, como asimismo, toda otra actividad que acuerden los socios.”. Capital: 1.000.000.- En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente pacto social.- Demás estipulaciones escritura que extracto.