Sociedad de Inversiones Los Candiles Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2020
- Notario
- JUAN FACUSE HERESI
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Macul
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá por domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad durará cinco años, contados desde esta fecha. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento de que se trate
Objeto social
uno) La inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mercantiles o mobiliarios, administrar y comercializar dichas inversiones, y percibir sus frutos y rentas; dos) Adquirir, enajenar, explotar y administrar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; tres) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) la prestación de servicios y asesorías comerciales, administrativas y financieras; cinco) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de todo tipo de bienes muebles; y seis) todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados y el desarrollo de cualquiera otras actividades e inversiones productivas que los socios determinen
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá a ambos socios, quienes actuando en forma indistinta o separadamente cualesquiera de ellos, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. Aportes y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha 24 de diciembre de 2020, ante mí, RODRIGO IGNACIO RIVERA INCHAURTIETA, y GABRIELA ROSSANA VANZULLI ARQUEROS, ambos domiciliados en calle José Rabat número ocho mil seiscientos, casa A diez, comuna de Colina, Región Metropolitana, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de “Sociedad de Inversiones Los Candiles Limitada”. Objeto: uno) La inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mercantiles o mobiliarios, administrar y comercializar dichas inversiones, y percibir sus frutos y rentas; dos) Adquirir, enajenar, explotar y administrar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; tres) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; cuatro) la prestación de servicios y asesorías comerciales, administrativas y financieras; cinco) la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de todo tipo de bienes muebles; y seis) todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados y el desarrollo de cualquiera otras actividades e inversiones productivas que los socios determinen. Domicilio: La sociedad tendrá por domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las filiales o agencias que se establezcan en el extranjero o en otros puntos del país. Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá a ambos socios, quienes actuando en forma indistinta o separadamente cualesquiera de ellos, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. Aportes y Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, aportado por los socios en este acto, en partes iguales y en dinero efectivo. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad durará cinco años, contados desde esta fecha. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento de que se trate. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2020.