CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES EL ENCINAR LIMITADA

CVE 1880583
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2020

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales, o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero
Duración
3 años, contados desde la fecha del instrumento y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, si ninguno de los socios manifestare su intención de no renovar el pacto social en la forma y con anticipación pactadas

Objeto social

Uno/ Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones, bonos, debentures, cuotas, planes de ahorro, capitalización; inversión en toda clase de títulos o valores mobiliarios; inversión en toda clase de participaciones sociales y)o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, su administración y la percepción de las rentas, beneficios o ganancias que deriven de las anteriores, y Dos/ La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de estos y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado con ésta. La sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen con la sociedad; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, Américo Vespucio 1737, Local 164, Huechuraba, certifica: Por escritura pública otorgada el 29 de diciembre de 2020, ante mí, Carolina Andrea Benavides Huepe y Jerónimo Lavanchy Dussaillant, ambos con domicilio en Condominio El Bodal de Santa Ester N°10 B, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto de respectivos aportes. Razón social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES EL ENCINAR LIMITADA”, pudiendo usar por abreviación y para todos los fines legales, incluso ante bancos, la sigla o nombre de fantasía “EL ENCINAR LTDA.” Objeto: Uno/ Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones, bonos, debentures, cuotas, planes de ahorro, capitalización; inversión en toda clase de títulos o valores mobiliarios; inversión en toda clase de participaciones sociales y/o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, su administración y la percepción de las rentas, beneficios o ganancias que deriven de las anteriores, y Dos/ La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de estos y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado con ésta. La sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen con la sociedad; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines. Domicilio: la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales, o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 3 años, contados desde la fecha del instrumento y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, si ninguno de los socios manifestare su intención de no renovar el pacto social en la forma y con anticipación pactadas. Capital: $1.000.000. Carolina Andrea Benavides Huepe aporta $950.000, en acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma a la caja social, y Jerónimo Lavanchy Dussaillant aporta $50.000, en acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma a la caja social. Administración, representación y uso razón social y del nombre de fantasía corresponderá individualmente a Carolina Andrea Benavides Huepe, quien anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representará a la sociedad ante cualquier persona natural o jurídica, autoridad, servicio o institución o fundación de derecho público o privado, con las más amplias facultades de administración que se requiere en derecho en todo acto o contrato inherente al giro social y, en especial, con amplias facultades estipuladas. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Huechuraba, 13 de enero de 2021.-