INVERSIONES PERSEO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 1506-2020
- Notario
- FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO
- Domicilio
- Peñaflor
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la explotación de predios agrícolas, ya sean como propietarios o arrendatarios de ellos; b) el arriendo, la explotación, el transporte, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de productos agrícolas o maquinarias relacionadas con la agricultura y la importación y)o exportación de los mismos; c) la representación de terceros en todo negocio o actividades en relación con la agricultura y)o sus productos, adquirir, arrendar y explotar por cuenta propia o ajena inmuebles agrícolas y forestales y, en general, realizar todo tipo de negocios agrícolas por cuenta propia o ajena; d) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales e incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos y efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y e) la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los
Administración
Los administradores actuando y anteponiendo su firma a la razón social representaran a la sociedad con las más amplias facultades y en el uso de ellas podrán celebrar y ejecutar los actos, contratos y convenciones, y ejercitar las atribuciones que se señalan en escritura correspondiente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO, Notario Público Titular de Peñaflor, con Oficio en calle Arturo Prat N°75, comuna de Peñaflor, certifica: Que por escritura pública ante don JOSÉ LUIS FERNANDEZ HENRIQUEZ, Notario Suplente de Peñaflor, con fecha 07 de Diciembre de 2020, repertorio N° 1506-2020, comparecen doña ROSA MARÍA PANIAGUA FUENZALIDA, chilena, casada, médico veterinario, C.I 12.308.045-9, en representación de la sociedad “INVERSIONES PERSEO LIMITADA”, RUT 76.329.235-5; y don JOSÉ MIGUEL PÉREZ CARO, chileno, casado, empresario, C.I 10.214.414-7, en representación de la sociedad “AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA”, RUT 76.497.203-1, acordaron lo siguiente: 1) La fusión por absorción de "AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA" a “INVERSIONES PERSEO LIMITADA”, absorbiendo la primera a la segunda. “INVERSIONES PERSEO LIMITADA” aporta a "AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA" todo su activo, con cargo de pagar esta última todo el pasivo. El aporte del activo que se pacta es de especie o cuerpo cierto, pues versa sobre la totalidad del patrimonio de la absorbida y, por ende, comprende todos sus bienes y deudas. 2) Consecuencialmente, se disuelve “INVERSIONES PERSEO LIMITADA” y quedan radicados, en "AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA" los derechos de los socios de la sociedad absorbida. 3) Nuevo capital. Como resultado de esta fusión, "AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA" cuyo capital social es de $1.000.000, aumenta su capital con el correspondiente a $24.009, ascendente a un $1.024.009. Por consiguiente, el capital social de "AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA" fusionada con la otra sociedad, pasa a ser de $1.024.009. 4) Se fija nuevo texto refundido de los estatutos de "AGRÍCOLA LAS PARCELAS SpA" Razón social: “Agrícola Las Parcelas SpA”. Objeto: a) la explotación de predios agrícolas, ya sean como propietarios o arrendatarios de ellos; b) el arriendo, la explotación, el transporte, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de productos agrícolas o maquinarias relacionadas con la agricultura y la importación y/o exportación de los mismos; c) la representación de terceros en todo negocio o actividades en relación con la agricultura y/o sus productos, adquirir, arrendar y explotar por cuenta propia o ajena inmuebles agrícolas y forestales y, en general, realizar todo tipo de negocios agrícolas por cuenta propia o ajena; d) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales e incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos y efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y e) la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en otros lugares del país. Administración: Los administradores actuando y anteponiendo su firma a la razón social representaran a la sociedad con las más amplias facultades y en el uso de ellas podrán celebrar y ejecutar los actos, contratos y convenciones, y ejercitar las atribuciones que se señalan en escritura correspondiente. Capital: $1.024.009, dividido en 7.072 acciones de una misma clase y sin valor nominal las que se encuentran suscritas y pagadas conforme al siguiente detalle: UNO: don JOSÉ MIGUEL PÉREZ CARO 3.536 acciones; DOS: doña ROSA MARÍA PANIAGUA FUENZALIDA 3.536 acciones. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Peñaflor, 28 de Diciembre de 2020.-