INGENIERIA E INVERSIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Prestar servicios y asesoría técnica y profesional a organismos y empresas, en materias económicas, contables, tributarias, de auditoría y relaciones públicas; b) Realizar planificaciones, estudios de mercado, de factibilidad, desarrollo de proyectos y de negocios en general; c) Comprar, vender, permutar o enajenar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes, acciones, bonos y otros valores mobiliarios; d) En general, efectuar otros negocios o actividades que acuerden los socios, relacionados directa o indirectamente con los objetivos señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo piso, certifico: Por Escritura Pública de fecha 17-12-2020, ante mí, doña MAGDALENA FRIEDMAN DARVAS; don JAVIER ANDRÉS PÉREZ FRIEDMAN; y doña MAGDALENA SOFÍA PÉREZ FRIEDMAN, todos domiciliados para estos efectos en Dunkerque número nueve mil ciento treinta, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad INGENIERIA E INVERSIÓN LIMITADA inscrita a fojas 1.802 N° 1.389 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004, en el siguiente sentido: (i) Aumentar el capital social de la suma de $2.000.000 pesos a la suma de $3.000.000 pesos que se enterará y pagará íntegramente por quien con ello ingresa a la sociedad por doña MAGDALENA SOFÍA PÉREZ FRIEDMAN. Como consecuencia de esta modificación, se sustituye el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de tres millones de pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) doña Magdalena Friedman Darvas, la suma de un millón de pesos, totalmente enterado y pagado, que corresponde aproximadamente a un treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social; b) don Javier Andrés Pérez Friedman, la suma de un millón de pesos, treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social; c) doña Magdalena Sofía Pérez Friedman, la suma de un millón de pesos, totalmente enterado y pagado, que corresponde aproximadamente a un treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social”. (ii) Transformar la sociedad INGENIERIA E INVERSIÓN LIMITADA en una sociedad por acciones denominada INGENIERIA E INVERSIÓN SpA. Estatutos Nueva Sociedad: doña MAGDALENA FRIEDMAN DARVAS; don JAVIER ANDRÉS PÉREZ FRIEDMAN; y doña MAGDALENA SOFÍA PÉREZ FRIEDMAN, todos domiciliados para estos efectos en Dunkerque número nueve mil ciento treinta, Las Condes, Región Metropolitana, transformaron la sociedad “INGENIERIA E INVERSIÓN LIMITADA” a una Sociedad por Acciones, de la que extracto: Nombre o Razón Social: “INGENIERIA E INVERSIÓN SpA” pudiendo usar también el nombre de fantasía “INEIN SpA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Prestar servicios y asesoría técnica y profesional a organismos y empresas, en materias económicas, contables, tributarias, de auditoría y relaciones públicas; b) Realizar planificaciones, estudios de mercado, de factibilidad, desarrollo de proyectos y de negocios en general; c) Comprar, vender, permutar o enajenar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes, acciones, bonos y otros valores mobiliarios; d) En general, efectuar otros negocios o actividades que acuerden los socios, relacionados directa o indirectamente con los objetivos señalados. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 13 DE ENERO DE 2021.