MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

I.C.Q. SOCIEDAD ANONIMA

RUT 78925920-8 CVE 1880587
Fecha instrumento
27 de abril de 2020
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
27 de abril de 2020
Notario
GUILLERMO ENRIQUE JIMENEZ GUTIERREZ
Oficio
Quinta Notaria de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUILLERMO ENRIQUE JIMENEZ GUTIERREZ, Notario Público Suplente de la Quinta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Latorre 2417, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, conforme al art. 1ro y siguientes de la Ley Nº 19.499 corrigieron y sanearon con esta fecha, modificación de la sociedad I.C.Q. S.A. RUT 78.925.920-8, de fecha 27 de abril del año 2020, otorgada en la 38 Notaria de Santiago de doña Maria Soledad Lascar Merino, inscrita fojas 45.049, Nº 21.479, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020 y publicada con fecha 31 de Julio del año 2020 en Diario Oficial. Vicio consistió en que erradamente dichos extractos fueron inscritos y publicados fuera de plazo, lo que de conformidad a lo dispuesto por el art. 3 de la Ley Nº 3.918, se incurre en un vicio de nulidad absoluta de ese acto. Los comparecientes por el presente instrumento, corrigen y sanean el vicio indicado, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública antes indicada modificando por ende; uno) La Razón Social de la sociedad, cambiándose su nombre actual “INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN QUEVEDO SOCIEDAD ANONIMA” por el de “I.C.Q. SOCIEDAD ANONIMA” y dos) El Objeto de la Sociedad, reemplazándolo por otro del siguiente tenor: El objeto de la sociedad será: a)La realización de proyectos de ingeniería y arquitectura, la ejecución de los mismos, la construcción de viviendas y edificios no destinados a la habitación, obras de vialidad urbana y rural, ya sea por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos, contratos y negocios encaminados a la edificación, incluso bajo la forma de ventas, permutas, arriendos, la adquisición de terrenos, subdividirlos y lotearlos, pudiendo al efecto contratar, subcontratar y representar servicios en las áreas ya definidas; b) La venta de todo tipo de artículos de farmacias; c)Limpieza industrial, vial y de todo otro tipo de superficies y edificaciones; d)La venta de elementos de protección personal, higiene y limpieza industrial y no industrial; e)Todo tipo de fumigaciones, sanitizaciones y desinfecciones ya sean industriales o no; f)El desarrollo de todo tipo de proyectos de construcción, obras civiles, estudios de ingeniería y desarrollo inmobiliario, construcción de oficinas, casas, edificios, galpones; g) Prestaciones de servicios de seguridad privada; h) Consultoría en áreas de construcción, ingeniería y arquitectura; i) El arriendo y subarriendo de maquinarias y vehículos livianos, medianos y pesados; j) El transporte de carga por carreteras y transporte de personal; k)En general todas las actividades, sin limitación alguna que guarden relación directa o indirectamente con las áreas ya descritas ya sea por cuenta propia o ajena que sean procedentes. Las partes en este acto se obligan además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, dentro de plazo legal, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. ANTOFAGASTA, 12 de Enero de 2021.