CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ESTUARIO REAL ESTATE SERVICES SpA

RUT 19255398-9 CVE 1880427
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de enero de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2021
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Puerto Montt, Región de los Lagos
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) inversión de toda clase, sea en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, efectos de comercio; (b) participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; c) Realización de asesorías, consultorías y desarrollo de proyectos ligados al negocio inmobiliario y)o corretaje de propiedades; d) Prestación de servicios, representaciones, asesorías y)o consultorías a empresas, personas jurídicas o naturales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; e) En general, la realización de cualquier otro tipo de actividad comercial o negocio, sea que esté relacionado o no con los objetos antes señalados, y la realización de todos los actos y contratos necesarios y)o conducentes para el cumplimiento del objeto social, incluso formar sociedades, ingresar a ellas o representarla.- Capital y acciones: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión

Administración

La sociedad será administrada por quienes se designe en calidad de administradores, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Los administradores designados, actuando conjunta e indistintamente dos cualesquiera de ellos, y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, Ciudad de Santiago, CERTIFICO: Por escritura publica otorgada ante mí suplente, doña MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ de fecha 04/01/2021, IGNACIO ALBERTO TORRES ROJAS, chileno, soltero, factor de comercio, con domicilio en calle Camino Las Vertientes 1239, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad número 19.255.398-9; SEBASTIÁN ALONSO TORRES ROJAS, chileno, soltero, abogado, con domicilio en calle Camino Las Vertientes 1239, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, de la Región Metropolitana, cédula nacional de identidad número 16.940.177-2; FRANCISCO HERNÁN TORRES ROJAS, chileno, soltero, arquitecto, con domicilio en calle Bellavista, lote siete “A”, condominio Los Pirineos, Pelluco Alto, comuna y ciudad de Puerto Montt, Región de Los Lagos, cédula nacional de identidad número 16.362.183-5; y HERNAN DAGOBERTO TORRES CASTILLO, chileno, casado, ingeniero civil, con domicilio en calle Camino Las Vertientes 1239, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad número 6.551.426-5; constituyen una Sociedad por Acciones denominada: “ESTUARIO REAL ESTATE SERVICES SpA”.- Domicilio: ciudad de Puerto Montt, Región de los Lagos, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero.- Duración: La duración de la sociedad es indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) inversión de toda clase, sea en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, efectos de comercio; (b) participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; c) Realización de asesorías, consultorías y desarrollo de proyectos ligados al negocio inmobiliario y/o corretaje de propiedades; d) Prestación de servicios, representaciones, asesorías y/o consultorías a empresas, personas jurídicas o naturales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; e) En general, la realización de cualquier otro tipo de actividad comercial o negocio, sea que esté relacionado o no con los objetos antes señalados, y la realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento del objeto social, incluso formar sociedades, ingresar a ellas o representarla.- Capital y acciones: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión.- Administración: La sociedad será administrada por quienes se designe en calidad de administradores, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Los administradores designados, actuando conjunta e indistintamente dos cualesquiera de ellos, y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 08 de Enero del año 2021.