Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- COMBARBALA
- Duración
- 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de 1 año cada uno, salvo si cualesquiera socios manifiesta voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio y notificación carta certificada, antes expiración plazo vigencia que estuviere corriendo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Objeto social
Producción avícola, ventas de huevo, crianza de animales, agricultura, distribución de alimentos, transportes de cargas, Construcción en obras menores, además, toda clase de productos, mercaderías nacionales y extranjeras, bienes de capital, equipos y partes o repuestos de cualquier tipo; comprar, vender, arrendar, distribuir y comercializar por cuenta propia o de terceros, todo tipo de aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias u otros elementos afines; la prestación de servicios comerciales e industriales; la realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley mil cincuenta y cinco del año mil novecientos setenta y cinco, y sus modificaciones permite a los usuarios de las Zonas Francas, como asimismo la realización de cualquier otra actividad conexa, complementaria o relacionada con las anteriores; Sin perjuicio de lo anterior la sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedades cualquiera sea su naturaleza u objeto y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNAYARETH MILENA CONTRERAS CARVAJAL, Notario, Conservador y Archivero Judicial Interino de esta Comuna, con domicilio en calle Plaza de Armas Nº110, certifico: Por escritura hoy ante mí, KATHERINE ANDREA ESPINOZA CORTES, chilena, soltera, secretaria domiciliada en pasaje Pedro Muranda casa número ciento cincuenta y cinco, comuna de COMBARBALA y CHRISTIAN ALBERTO ARAYA AGUILERA, chileno, soltero, asistente social domiciliado en Comuna de Combarbalá localidad de La Ligua de Cogotí casa sin número, constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto aportes. Domicilio: COMBARBALA, Razón social: ECOGRANJA LIMITADA, pudiendo usar Ecogranja Ltda. o ECOGRANJA LTDA, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: Producción avícola, ventas de huevo, crianza de animales, agricultura, distribución de alimentos, transportes de cargas, Construcción en obras menores, además, toda clase de productos, mercaderías nacionales y extranjeras, bienes de capital, equipos y partes o repuestos de cualquier tipo; comprar, vender, arrendar, distribuir y comercializar por cuenta propia o de terceros, todo tipo de aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias u otros elementos afines; la prestación de servicios comerciales e industriales; la realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley mil cincuenta y cinco del año mil novecientos setenta y cinco, y sus modificaciones permite a los usuarios de las Zonas Francas, como asimismo la realización de cualquier otra actividad conexa, complementaria o relacionada con las anteriores; Sin perjuicio de lo anterior la sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedades cualquiera sea su naturaleza u objeto y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a KATHERINE ANDREA ESPINOZA CORTES, Capital: $5.000.000, aportado y pagado en el acto en dinero efectivo por partes iguales, enterado en caja social. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de 1 año cada uno, salvo si cualesquiera socios manifiesta voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio y notificación carta certificada, antes expiración plazo vigencia que estuviere corriendo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en ella. En COMBARBALA, 18 de Diciembre de 2020.