Altramuz Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2020
- Notario
- GASTON ALVARO ARANIS QUIROZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Chillán, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez
Objeto social
El objeto de la sociedad será: construcciones en general, implementación de sistemas de riego, manufacturas en madera; formar y asesorar en la formación de parques y jardines y en su conservación; mantener viveros de plantas y árboles por cuenta propia o de terceros; comprar y vender todo tipo de productos destinados a la forestación y jardinería; prestar servicios de aseo en jardines, parques, edificios, empresas, industrias y casas particulares; control de plagas mediante fumigaciones, compra y venta de productos agropecuarios; agricultura, transporte, administración de conjuntos habitacionales, corretaje de propiedades, consignaciones en general, asesorías a empresas y personas naturales en materias de orden previsional, de seguridad industrial, administración y operacional, como también la prestación de servicios de todo tipo a empresas relacionadas con su propia actividad; la prestación de servicios, de recolección y transporte de residuos sólidos domiciliarios, vegetales, escombros y de emergencias, levante de micro basurales, barrido y aseo de calles, aceras y veredas y disposición final en relleno sanitario u otro destinado al efecto, sea para instituciones públicas o privadas, personas naturales o jurídicas; creación y mantención de áreas verdes sea por cuenta propia o de terceros; provisión de personal de apoyo para instituciones públicas y)o privadas; compra y venta de bienes muebles e inmuebles, camiones y carros sean recolectores o no de residuos domiciliarios; construcciones en general sea directamente o por intermedio de terceros; preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierras; construcción de viviendas; construcción de edificios completos o partes de edificios; acondicionamiento de edificios; obras menores en construcción, compraventa y alquiler de inmuebles propios o arrendados, corredores de propiedades, compraventa, importación, instalación, reparación y mantención de paneles solares e instrumentos de energía solar en general, tecnologías LED y proyectos de eficiencia energética cualesquiera que sean, y cualquier otra actividad que los socios acuerden relacionadas con el giro, y en general, cualquier otro negocio lícito que acuerden los
Administración
Corresponderá a Ximena Aída Valenzuela Gallegos, con facultades indicadas en escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALTRAMUZ LIMITADA | socio | 78389930-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ALVARO ARANIS QUIROZ, Notario Público de Concepción, suplente del Titular don Juan Espinosa Bancalari, con oficio en O´Higgins 528, certifico: Que, por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2020, Rep. Nº 6201, ante mí, Ricardo Enrique Palma Guíñez y Ximena Aída Valenzuela Gallegos, ambos domiciliados en Claudio Arrau 364, comuna de Chillán, acordaron modificar ALTRAMUZ LIMITADA, RUT: 78.389.930-2, inscrita a fs. 150v, N° 128, Registro de Comercio de Chillán, 1993. Son materias de extracto las siguientes: 1) DIVISIÓN DE LA SOCIEDAD: Socios acuerdan dividir Altramuz Limitada entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada ALTRAMUZ II LIMITADA; 2) DISMINUCIÓN DE CAPITAL: Se disminuye el capital de Altramuz Limitada, ascendente a $3.000.000, a la cantidad de $1.926.860. La diferencia de $1.073.140, es la suma que se acuerda asignar, en la distribución de patrimonio, como capital de la nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto; 3) MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: Los socios de Altramuz Limitada acuerdan que la administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Ricardo Enrique Palma Guíñez con facultades indicadas en escritura extractada; 4) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS ALTRAMUZ LIMITADA: A) Socios remplazan artículo 4° de los estatutos sociales, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don RICARDO ENRIQUE PALMA GUÍÑEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las facultades indicadas en escritura extractada. B) Socios reemplazan artículo 5° de los estatutos sociales, en el sentido de que el capital de la sociedad será la suma de un $1.926.860, íntegramente suscrito, pagado y enterado por los socios en las siguientes proporciones: Uno. RICARDO ENRIQUE PALMA GUÍÑEZ, $963.430, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de los socios y de la Sociedad. Dos. XIMENA AÍDA VALENZUELA GALLEGOS, $963.430, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de los socios y de la Sociedad; 5) APROBACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES ALTRAMUZ II LIMITADA. Razón social: ALTRAMUZ II LIMITADA pudiendo usar la expresión abreviada de “ALTRAMUZ II LTDA.”. Domicilio: Chillán, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez. Objeto: El objeto de la sociedad será: construcciones en general, implementación de sistemas de riego, manufacturas en madera; formar y asesorar en la formación de parques y jardines y en su conservación; mantener viveros de plantas y árboles por cuenta propia o de terceros; comprar y vender todo tipo de productos destinados a la forestación y jardinería; prestar servicios de aseo en jardines, parques, edificios, empresas, industrias y casas particulares; control de plagas mediante fumigaciones, compra y venta de productos agropecuarios; agricultura, transporte, administración de conjuntos habitacionales, corretaje de propiedades, consignaciones en general, asesorías a empresas y personas naturales en materias de orden previsional, de seguridad industrial, administración y operacional, como también la prestación de servicios de todo tipo a empresas relacionadas con su propia actividad; la prestación de servicios, de recolección y transporte de residuos sólidos domiciliarios, vegetales, escombros y de emergencias, levante de micro basurales, barrido y aseo de calles, aceras y veredas y disposición final en relleno sanitario u otro destinado al efecto, sea para instituciones públicas o privadas, personas naturales o jurídicas; creación y mantención de áreas verdes sea por cuenta propia o de terceros; provisión de personal de apoyo para instituciones públicas y/o privadas; compra y venta de bienes muebles e inmuebles, camiones y carros sean recolectores o no de residuos domiciliarios; construcciones en general sea directamente o por intermedio de terceros; preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierras; construcción de viviendas; construcción de edificios completos o partes de edificios; acondicionamiento de edificios; obras menores en construcción, compraventa y alquiler de inmuebles propios o arrendados, corredores de propiedades, compraventa, importación, instalación, reparación y mantención de paneles solares e instrumentos de energía solar en general, tecnologías LED y proyectos de eficiencia energética cualesquiera que sean, y cualquier otra actividad que los socios acuerden relacionadas con el giro, y en general, cualquier otro negocio lícito que acuerden los socios. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: Corresponderá a Ximena Aída Valenzuela Gallegos, con facultades indicadas en escritura extractada. Capital: $1.073.140 íntegramente suscrito y pagado por los socios, con parte del capital asignado producto de la división de ALTRAMUZ LIMITADA, en las proporciones siguientes: 1. Ricardo Enrique Palma Guíñez, $536.570, correspondientes al 50% del capital y derechos sociales; 2. Ximena Aída Valenzuela Gallegos, $536.570, correspondientes al 50% del capital y derechos sociales. En lo no modificado, los estatutos de ALTRAMUZ LIMITADA se mantienen íntegramente vigentes. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 08 de enero de 2021.-