MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TURISMO ALLAIRE Y VENEGAS LIMITADA

RUT 76136392-1 CVE 1879614
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2020
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2020
Repertorio
5387/2020
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Oficio
Sexta Notaría Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría Concepción, Colo Colo Nº304, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2020, Repertorio N°5.387/2020, suscrita ante mí, LISSETTE ANDREA ALLAIRE SOTO, VIVIANA DEL PILAR VENEGAS NEGRÓN, representada por ANA MARIA SOTO RIVERA, CARLOS RODRIGO SANHUEZA BUGARIN, modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada, SOCIEDAD DE TURISMO ALLAIRE Y VENEGAS LIMITADA, constituida por escritura pública de 27 de enero de 2011, otorgada ante Notario Público de Concepción, Samuel Osorio Vega, suplente del titular don Ernesto Valenzuela Norambuena. El extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 284, N°247 del Registro de Comercio de Concepción del año 2011 y que se publicó además en el Diario Oficial de fecha 02 de febrero de 2011. El RUT de la sociedad es el N° 76.136.392-1. Modificaciones. Cesión, retiro e incorporación de nuevo socio: 1) VIVIANA DEL PILAR VENEGAS NEGRÓN, quién teniendo 50% totalidad derechos sociales, vende, cede, y transfiere 50% interés social total dentro de la sociedad CARLOS RODRIGO SANHUEZA BUGARIN, retirándose de la misma, quién compra $500.000 y acepta para sí. Socia LISSETTE ANDREA ALLAIRE SOTO acepta expresamente venta, cesión, retiro y transferencia derechos sociales efectuada por VIVIANA DEL PILAR VENEGAS NEGRÓN, y acepta expresamente, incorporación como nuevo socio de CARLOS RODRIGO SANHUEZA BUGARIN. Socios acuerdan aumentar capital de $1.000.000 a $5.000.000; entero y aporte aumento capital, siguiente forma: a) LISSETTE ANDREA ALLAIRE SOTO, $2.000.000, efectivo. b) CARLOS RODRIGO SANHUEZA BUGARIN, $2.000.000, efectivo, montos ingresados arca social. Socios limitan responsabilidad monto aportes. Otras modificaciones sociales: Socios vigentes acuerdan modificar siguientes cláusulas: 1) Cláusula 2ª estatutos sociales, referente a la razón social, por el siguiente: SOCIEDAD DE TURISMO E INVERSIONES ALLAIRE Y SANHUEZA LIMITADA”, modificándose también el nombre de fantasía, el cual quedará en definitiva como “MONTE BUGALLER LTDA. 2) Cláusula 3ª, por siguiente: “Capital social $5.000.000, íntegramente enterado, aporta y entera siguiente forma: a) LISSETTE ANDREA ALLAIRE SOTO, $2.500.000 efectivo, equivalente al 50% de derechos sociales; b) CARLOS RODRIGO SANHUEZA BUGARIN, $2.000.000 efectivo, equivalente al 50% de los derechos sociales, por así consentirlo y autorizarlo la socia no cedente. c) VIVIANA DEL PILAR VENEGAS NEGRÓN, quién aportó en el acto de constitución de la compañía, la suma de $500.000, pero se retira de la sociedad, habiendo pagado enteramente su aporte. Por consiguiente, el capital social se encuentra efectiva e íntegramente pagado. 3) Cláusula 4ª, referente al objeto, por la siguiente: “arrendamiento de cabañas, alojamiento, servicio de hospedaje, salón de eventos, y celebraciones, servicios de banquetería y restaurante, agricultura, cría de ganado y aves, transporte de carga y de personas por cualquier medio de transporte, actividades de turismo, actividades recreativas y educativas, comercializadora, compra y venta de todo tipo de productos de consumo, por cuenta propia o de terceros; la compra, venta subdivisión y loteo de inmuebles de que sea dueña, o cuyo dominio adquiera a cualquier título; La urbanización y construcción de ellos por medio de contratos generales de construcción de viviendas que celebre con terceros; La explotación a título de arrendamiento u otros, su aporte a otras sociedades de los inmuebles de que sea o llegue a ser dueña, o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; La importación y exportación de todo tipo de mercaderías, maquinarias, herramientas, tecnologías, y su comercialización a cualquier título por sí o a través de distribuidores; la obtención de toda clase de beneficios y rentas a través de: uno) la inversión en la creación, modificación, gestión de empresas de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica y asesorías y gestión de éstas; dos) la adquisición a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya constituidas, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no; El otorgamiento de créditos o cauciones a empresas relacionadas o terceras. Asesorías en Turismo, marketing, publicidad, comunicaciones. Relaciones públicas, estudios de mercado, promoción y producción de eventos, operador turístico, transporte de turismo, venta de productos turísticos, comisionistas, reclutamiento de personal, servicios de traducción e intérpretes, servicios de publicidad, tanto a nivel nacional como internacional y toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo.” 3) Se modifica cláusula 6ª, relativa a la duración de la sociedad, reemplazándose por la siguiente: “La sociedad empezará a regir desde la fecha de este contrato y tendrá una duración de 10 años, el cual se entenderá prorrogado por igual período, a menos que alguno de los socios, exprese su voluntad de no continuar en ella por un nuevo período, dentro del plazo de 30 días anteriores al vencimiento del plazo estipulado.” Demás modificaciones en ella. En lo no modificado, mantiene vigencia estatuto social, el cual se ratifica. Concepción 08 de Enero de 2021.- VVL.