SOCIEDAD DE INVERSIONES RÍO BLANCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2011
- Repertorio
- 18338-2020
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésimo Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifico que con fecha 29 de diciembre de 2020, por escritura pública, Repertorio N°18338-2020, ante mí: 1. Don Juan Sebastián Duch Márquez, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número 6.959.472-7, actuando por sí y en representación de: (a) AGRÍCOLA, FORESTAL Y GANADERA MANHUE SpA, sociedad por acciones constituida en Chile, domiciliada en Santiago; y de (b) Simón Duch Salas, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 17.346.100-3; 2. Doña Silvia Carolina Salas Cárcamo, chilena, casada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 7.702.279-1; 3. Don Lucas Ignacio Duch Salas, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 16.152.077-2; 4. Don Joaquín Andrés Duch Salas, chileno, casado, arquitecto, cédula nacional de identidad número 16.285.380-5; y 5. Don Tomás Duch Salas, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 17.346.101-1, todos domiciliados para estos efectos en Camino Los Pastores N°4.674, Lo Barnechea; en su calidad de únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES RÍO BLANCO LIMITADA (la “Sociedad”), sociedad constituida por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2011 otorgada en la 26° Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto se inscribió a fojas 49.420, N°36.351 en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2011, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de agosto del mismo año; acordaron: 1) Una cesión de derechos sociales de la Sociedad, según la cual: Juan Sebastián Duch Márquez cedió y transfirió derechos equivalentes al 37,2% de los derechos sociales de la Sociedad a Agrícola, Forestal y Ganadera Manhue SpA; y doña Silvia Carolina Salas Cárcamo cedió y transfirió derechos equivalentes al 37,2% de los derechos sociales de la Sociedad a Agrícola, Forestal y Ganadera Manhue SpA. 2) Reformar los estatutos de la Sociedad para dar cuenta de dicha cesión de derechos sociales y del consecuente ingreso de la nueva socia, Agrícola, Forestal y Ganadera Manhue SpA, en el siguiente sentido: se reemplazó el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social corresponde a la suma de diez millones de pesos y se encuentra íntegramente pagado, con la participación que en cada caso se señala: (a) AGRÍCOLA, FORESTAL Y GANADERA MANHUE SpA, con un setenta y cuatro coma cuatro por ciento del capital social, correspondientes a siete millones cuatrocientos cuarenta mil pesos; (b) Juan Sebastián Duch Márquez, con un diez coma ocho por ciento del capital social, correspondientes a la suma de un millón ochenta mil pesos; (c) Silvia Carolina Salas Cárcamo, con un diez coma ocho por ciento del capital social, correspondientes a la suma de un millón ochenta mil pesos; (d) Lucas Ignacio Duch Salas, con un uno por ciento del capital social, correspondientes a la suma de cien mil pesos; (e) Joaquín Andrés Duch Salas, con un uno por ciento del capital social, correspondientes a la suma de cien mil pesos; (f) Simón Duch Salas, con un uno por ciento del capital social, correspondientes a la suma de cien mil pesos; y (g) Tomás Duch Salas, con un uno por ciento del capital social, correspondientes a la suma de cien mil pesos.” Finalmente, y con la sola excepción respecto a lo ya señalado, se deja constancia de la vigencia del resto de las declaraciones en la escritura de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2021.