Sociedad Austral de Electricidad S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $219.326.076.401 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, Las Condes, certifico: que con fecha 24 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de “Sociedad Austral de Electricidad S.A.” (la “Sociedad”), celebrada con fecha 21 de diciembre de 2020, en la cual se acordó, entre otras materias, la división de la Sociedad, producto de lo cual se constituye a partir de ésta una nueva sociedad denominada “Saesa Transmisión S.A.” (“Saesa Transmisión”) a la que le asignarán los activos y delegarán los pasivos que se detallan en la escritura extractada. Para los efectos de la división, se acordó disminuir el capital de la Sociedad en la cantidad de $66.696.758.332, manteniéndose el número y características de las acciones en que se encuentra dividido su capital social. El total de dicha disminución de capital es asignada a Saesa Transmisión. En consecuencia, el capital de la Sociedad es la cantidad de $219.326.076.401, dividido en 9.005.380.049.737 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 620.093.318 corresponden a acciones Serie A y 9.004.759.956.419 corresponden a acciones Serie B, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. La división de la Sociedad, y por lo tanto la constitución a partir de ésta de la sociedad Saesa Transmisión, surtirá sus efectos el día 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio del cumplimiento oportuno de las formalidades de inscripción en el registro de comercio correspondiente y la publicación en el Diario Oficial de los extractos de la reducción a escritura pública del acta de la junta extractada. Se reemplazaron los Artículos Quinto, Primero Transitorio y Segundo Transitorio, así como otros artículos de los estatutos sociales que no son materia de extracto. El extracto correspondiente a la sociedad que nace de la división consta en forma separada de conformidad con el artículo 150 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan de escritura extractada. Santiago, 6 de enero de 2021. GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente.