CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Mavic Propiedades SpA

CVE 1879953
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2020
Repertorio
3405-2020
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTI
Oficio
Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Carolina Gil Torres socio 11847814-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 24 de Septiembre de 2020, ante mí don José Miguel Medina Larraín, Rut 17628561-3, Domiciliado en Avenida Américo Vespucio Sur 1982, en representación , Juan Francisco Painen Tobar, C.I. Nº12.492.880-K, doña Carolina Gil Torres, CI Nº11.847.814-2, Rosa María Aida Rojas Lardiez, C.I. Nº7.823.789-9 y don Francisco Carlos Sebastián Rojas Lardiez, C.I. Nº9.648.612-K, todos domiciliados para estos efectos en calle Badajoz número cien oficina ciento siete, comuna de Las Condes, rectifica escritura de rectificación de sociedad por acciones denominada Mavic Propiedades SpA.- PRIMERO: Por escritura pública de fecha 28 de julio de 2020 en la Notaría Pública de Santiago de Doña Antonieta Mendoza Escalas con el repertorio Nº3405-2020, las partes constituyeron la sociedad por acciones Mavic Propiedades SpA, cuyo extracto se inscribió a fojas 46.168, Nº21.989 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020. Posteriormente, con fecha 5 de agosto del año dos 2020 y con fecha 13 de agosto de 2020, se realizaron rectificaciones al extracto, las que se inscribieron a fojas 47.560, Nº22.631 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020 y a fojas 49.944, Nº23.734 Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020. Dicha escritura contenía un error en la cláusula TRIGÉSIMO SÉPTIMO. SEGUNDO: Por escritura pública de fecha uno de septiembre del año dos mil veinte en la Notaría Pública de Santiago de Roberto Antonio Cifuentes Allel, con el repertorio número seis mil novecientos setenta y tres, las partes rectificaron la escritura de constitución, específicamente la cláusula TRIGËSIMO SÉPTIMO, sin embargo, por error se anotó que se rectificaba la cláusula TRIGÉSIMO TRANSITORIO. TERCERO: Que a causa de ello, las partes vienen en rectificar dicho acto, indicando que, en la escritura de fecha 1 de septiembre de 2020, donde dice que se modifica la cláusula TRIGÉSIMO TRANSITORIO de la escritura de constitución, debe decir que se modifica la cláusula TRIGÉSIMO SÉPTIMO. En todo lo no modificado se mantiene la cláusula citada. Santiago, 29 de septiembre de 2020.