Kitchen Center Sur SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 182091-2020
- Notario
- Notario suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE LEIVA ILABACA, Notario suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui N° 73, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública Repertorio N°182.091-2020, de fecha 17-12-2020, ante mí: don Andrés Leiva Melo, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. N°12.264.332-8, Avenida El Salto Nº3.485, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, viene en reducir a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Kitchen Center Sur SpA, celebrada el 16-12-2020. Presidió la reunión don Cristián Maturana Sanhueza y actúo como secretario don Andrés Leiva Melo, y conforme a lo dispuesto en el art. 61 Ley 18.046, con la asistencia de don Felipe Leiva Ilabaca, Notario Suplente de la 2º Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal. Concurrieron a la junta, los accionistas: Don Cristián Maturana Sanhueza, en representación de la sociedad Kitchen Center SpA, por 400 acciones. Objeto de la Junta: El Presidente manifestó que el objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, las siguientes materias: I. Acordar la ratificación de la disolución y liquidación de la sociedad, acordada por la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 18-12-2019 y aprobar en definitiva la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA. El señor Presidente expone que, con fecha 18-12-2019, se celebró Junta Extraordinaria de Accionistas que aprobó el Balance de la sociedad al 13-11-2019 y se acordó la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA, la que fue constituido por escritura pública de fecha 13-01-2015, otorgada en la Notaría de Temuco de don Carlos Alarcón Ramírez, cuyo extracto se encuentra inscrito a Fs. 160, Nº100 Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2015. La Junta de fecha 18-12-2019, fue reducida a escritura pública con fecha 26-12-2019, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar, repertorio Nº84.951-2019, la cual a la presente fecha no ha cumplido con todas las formalidades legales. Se ha presente, que en cumplimiento de lo señalado en el art. 70 del Código Tributario, la sociedad realizó el Término de Giro, con fecha 28-10-2020, según consta en el respectivo Certificado de Término de Giro de la misma fecha, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, folio Nº950918624, el cual, se protocolizó al final de la escritura extractada. En virtud de lo señalado y a fin de dar cumplimiento a todas las formalidades legales para que en definitiva se disuelva y liquide la sociedad Kitchen Center Sur SpA, el Presidente propone a la Junta ratificar los términos y condiciones propuestos para la disolución y liquidación de Kitchen Center Sur SpA, según consta en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 18-12-2019, a fin de que sean ratificados y aprobados por la presente Junta. Para dicho efecto, se reproducen en su totalidad los términos de la disolución en la escritura extractada. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 50 de la ley 18.046, se deja constancia de la asistencia del Notario, quien certificará que es parte del acuerdo de la presente Junta la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA. II. Acordar los Saneamientos de la inscripción y publicación de la disolución y liquidación de la sociedad, que sean necesarios a fin de lograr cumplir con todas las formalidades legales de la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA. El Señor Presidente señala que, no habiendo sido posible inscribir el extracto de la disolución y liquidación de la Sociedad, reducida a escritura pública de fecha 26-12-2019, dentro del plazo establecido en el art. 108 de la Ley 18.046, correspondiendo el saneamiento de dicho vicio formal, practicándose dicho saneamiento, mediante escritura pública de fecha 25-10-2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, Rep. Nº 10.011-2020, cuyo extracto fue publicado en el D.Ofic. fecha 02-12-2020. El referido saneamiento, a la presente fecha no se encuentra inscrito, dado que ha sido reparado por el CBR de Temuco. En razón de lo expuesto y previendo una solución que permita dar cumplimiento a las formalidades legales a fin de obtener la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA, el señor Presidente propone a la Junta, que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 77 de la Ley 18.046, ratificar el saneamiento de la disolución y liquidación de la Sociedad de fecha 25-10-2020, como asimismo, en virtud de la misma norma, acordar que se realicen los saneamiento correspondiente a fin de sanear la inscripción y publicación de la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA, facultando desde ya a la abogada doña Ángela Figueroa Fernández, para redactar y suscribir las escrituras de saneamiento, así como también, publicar se inscribir los extractos respectivos. Acuerdos. I. El único y actual accionista, acuerda la ratificación de la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA, según los términos y condiciones establecidos en la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 18-12- 2020, en consecuencia, aprueba en todas sus partes el Balance al 13-11-2019 y aprueba en definitiva, la disolución y liquidación de la Sociedad, de acuerdo a los términos indicados precedentemente, produciendo todos sus efectos al contar del día en que el acta se reduzca a escritura pública. II. El único y actual accionista aprueba, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 77 de Ley 18.046, ratificar el saneamiento de la disolución y liquidación de la Sociedad de fecha 25-10-2020, como asimismo, en virtud de la misma norma, aprueba que se realicen los saneamiento correspondiente a fin de sanear la inscripción y publicación de la disolución y liquidación de la sociedad Kitchen Center Sur SpA, facultando desde ya a la abogada doña Ángela Figueroa Fernández, para redactar y suscribir las escrituras de saneamiento, así como también, publicar se inscribir los extractos respectivos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Stgo. 30-12-2020.