MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ESTUDIO JURÍDICO Y TRIBUTARIO VENEGAS LEÓN SpA

RUT 76832489-1 CVE 1879508
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2020
Comuna
Santiago

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña Carolina Rosanna Venegas León, quien la ejercerá de forma unipersonal y a doña Gloria Patricia Piña Díaz, quien administrará de manera conjunta con doña Carolina Rosanna Venegas León, en los términos y con las facultades previstas en la escritura de modificación. ARTÍCULO CUARTO: Reemplaza el Artículo Décimo Tercero del Título Cuarto, como sigue: Artículo Décimo Tercero: Las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias se constituirán con la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto y, los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. ARTÍCULO QUINTO: Reemplaza el Artículo décimo cuarto del Título Cuarto del Estatuto Social, por el siguiente: Artículo Décimo Cuarto: De conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y cinco de la Ley Dieciocho Mil Cuarenta y Seis, sobre Sociedades Anónimas, el ejercicio del derecho a voto tratándose de acciones gravadas con usufructo, corresponderá al nudo propietario. ARTÍCULO SEXTO: En lo no modificado, continúan vigentes los artículos del Estatuto Social. ARTICULO TRANSITORIO.- Facultad al portador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Abogado Notario Público, Suplente del titular don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, de la 49º Notaría de Santiago, Amunategui Nº391Local 1 CERTIFICA: Por escritura pública ante el titular don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, de fecha 23-12-2020, CAROLINA ROSANNA VENEGAS LEÓN, cédula nacional de identidad Nº8.776.416-8, en su calidad de única accionista de la sociedad “ESTUDIO JURÍDICO & TRIBUTARIO VENEGAS LEÓN -DAPIK CERDA SpA”, inscrita a fojas 6.644 Nº3.773 año 2018, Registro Comercio, Conservador Bienes Raíces Santiago y publicada Diario Oficial Nº41.967 del 26 enero 2018, RUT 76.832.489-1, según consta del Registro de Accionistas que he tenido a la vista; la modifica en los siguiente términos: A) Reemplaza Artículo Primero del Título Primero del Estatuto Social, por el siguiente: Artículo Primero: El nombre de la sociedad será “ESTUDIO JURÍDICO Y TRIBUTARIO VENEGAS LEÓN SpA”. B) Reemplaza el artículo noveno del Título Tercero por el siguiente: Artículo Noveno. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña Carolina Rosanna Venegas León, quien la ejercerá de forma unipersonal y a doña Gloria Patricia Piña Díaz, quien administrará de manera conjunta con doña Carolina Rosanna Venegas León, en los términos y con las facultades previstas en la escritura de modificación. ARTÍCULO CUARTO: Reemplaza el Artículo Décimo Tercero del Título Cuarto, como sigue: Artículo Décimo Tercero: Las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias se constituirán con la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto y, los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. ARTÍCULO QUINTO: Reemplaza el Artículo décimo cuarto del Título Cuarto del Estatuto Social, por el siguiente: Artículo Décimo Cuarto: De conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y cinco de la Ley Dieciocho Mil Cuarenta y Seis, sobre Sociedades Anónimas, el ejercicio del derecho a voto tratándose de acciones gravadas con usufructo, corresponderá al nudo propietario. ARTÍCULO SEXTO: En lo no modificado, continúan vigentes los artículos del Estatuto Social. ARTICULO TRANSITORIO.- Facultad al portador. Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura y de su extracto para requerir y firmar las inscripciones a que haya lugar en el Registro de Comercio de Santiago y demás inscripciones, subinscripciones y anotaciones de cualquier naturaleza que correspondan, como asimismo, para requerir la publicación de dicho extracto en el Diario Oficial y efectuar todos los trámites necesarios para la debida legalización de la sociedad. Asimismo, la compareciente, confiere poder suficiente al abogado don Mauricio Pavéz Galáz, para que actuando en su representación, pueda ejecutar los actos y suscribir los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios para aclarar rectificar o complementar esta escritura. CONSTANCIA.- De acuerdo al Artículo cuatrocientos trece del Código Orgánico de Tribunales, se deja constancia que esta escritura ha sido redactada en base a una minuta preparada y firmada por la abogada Carolina Venegas León. Santiago, 08 Enero 2021.-