MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Empresa Eléctrica de la Frontera S.A.

RUT 76073164-1 CVE 1879822
Capital
$125.811.170.433 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2020
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTI
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$125.811.170.433 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, Las Condes, certifico: que con fecha 24 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de “Empresa Eléctrica de la Frontera S.A.” (la “Sociedad”), celebrada con fecha 21 de diciembre de 2020, en la cual se acordó, entre otras materias, la división de la Sociedad, producto de lo cual se constituye a partir de ésta una nueva sociedad denominada “Frontel Transmisión S.A.” (“Frontel Transmisión”) a la que le asignarán los activos y delegarán los pasivos que se detallan en la escritura extractada. Para los efectos de la división, se acordó disminuir el capital de la Sociedad en la cantidad de $7.926.227.879, manteniéndose el número y características de las acciones en que se encuentra dividido su capital social. El total de dicha disminución de capital es asignada a Frontel Transmisión. En consecuencia, el capital de la Sociedad es la cantidad de $125.811.170.433, dividido en 7.456.959.350.043 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 511.881.204 corresponden a acciones Serie A y 7.456.447.468.839 corresponden a acciones Serie B, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. La división de la Sociedad, y por lo tanto la constitución a partir de ésta de la sociedad Frontel Transmisión, surtirá sus efectos el día 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio del cumplimiento oportuno de las formalidades de inscripción en el registro de comercio correspondiente y la publicación en el Diario Oficial de los extractos de la reducción a escritura pública del acta de la junta extractada. Se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio, así como otros artículos de los estatutos sociales que no son materia de extracto. El extracto correspondiente a la sociedad que nace de la división consta en forma separada de conformidad con el artículo 150 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan de escritura extractada. Santiago, 6 de enero de 2021. GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente.