COMERCIAL SELECTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 4898-2020
- Notario
- ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Osorno, domiciliado en calle Nueva Mackenna Nro.871, oficina 102, de la comuna de Osorno, certifica ante mí y por escritura pública otorgada con fecha 30-12-2020, Repertorio N°4898-2020: doña TANIA YERUSHA NÚÑEZ OSSES, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos setenta mil catorce guion ocho, domiciliada en Francisco Bilbao mil ciento veintinueve, oficina cuatrocientos ocho de la comuna de Osorno, en representación según se acreditará de don CARLOS ALBERTO SAEZ VASQUEZ, de doña PAULINA CONSTANZA SAEZ KORTMANN, y; de doña SILVIA ANA MARIA KORTMANN PLAZA DE LOS REYES, suscribió escritura publica de Aclaración y Rectificacion de escritura de cesion de derechos sociales y modificación de sociedad de COMERCIAL SELECTA LIMITADA, constituida con fecha ocho de abril de dos mil trece ante Notario JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio de Osorno, a fojas doscientos noventa y siete vta. Número doscientos cuatro del año dos mil trece. Con fecha seis de mayo del año dos mil veinte, se celebró cesión de derechos y modificación de la referida sociedad mediante escritura pública ante notario público titular de la Tercera Notaría de Osorno, don ABDALLAH FERNANDEZ ATÚEZ, cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio de Osorno, a fojas ciento cincuenta y siete números setenta y nueve del año dos mil veinte. Uno: aclara y rectifica la escritura antes mencionada, en el orden que sigue: a) cláusula segunda, en el sentido de que la misma, debe señalar que los derechos y acciones transferidos corresponden al veinte por ciento del capital social, debiendo quedar del siguiente modo, “Por el presente instrumento don Carlos Alberto Sáez Vásquez, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos o acciones adquiridos sobre la sociedad equivalentes al veinte por ciento del capital social a doña Paulina Constanza Sáez Kortmann, quien los adquiere y acepta para sí.”; b) cláusula quinta, en el sentido que la misma, debe señalar que los porcentajes que corresponden a las únicas socias son en proporción a un ochenta por ciento y veinte por ciento, debiendo quedar la misma, del siguiente modo: “De este modo, en virtud del presente contrato, doña Silvia Ana María Kortmann Plaza de Los Reyes y, doña Paulina Constanza Sáez Kortmann, quedan como únicas socias en la referida sociedad, con un ochenta por ciento y un veinte por ciento respectivamente, debiendo las socias hacerse cargo del total del activo y pasivo de la misma.” En todo lo no aclarado y rectificado, se mantiene la validez de la escritura de 30 de diciembre de dos mil veinte, repertorio número 4898-2020, otorgada en la Tercera Notaría de Osorno, a cargo a cargo del notario público titular don ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 12 de Enero de 2021.