CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS CAPITAL SpA

CVE 1879264
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2021
Repertorio
8143-20
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
Oficio
Titular de la Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Asesoría y consultoría financiera, bancaria, empresarial, tributaria, comercial y gerencial, a todo tipo de personas naturales o jurídicas; b) Servicios financieros relacionados con el estudio y pre-evaluación de antecedentes comerciales de potenciales clientes para los bancos e instituciones financieras; c) La realización de toda clase de inversiones, pudiendo adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles, derechos sociales, acciones, bonos y demás valores mobiliarios; d) La representación de toda clase de empresas nacionales o extranjeras relacionadas directa o indirectamente con las actividades señaladas; e) El desarrollo, gestión y administración de todo tipo de negocios, relacionados directa o indirectamente con las anteriores

Administración

A contar de la fecha de la presente escritura, el Administrador será don BENJAMIN ANDRES VASQUEZ MARQUEZ, cedula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos tres mil seiscientos cinco guion seis, quien podrá actuar con la totalidad de los poderes señalados en el artículo décimo primero de los Estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, calle Agustinas N°1.235, piso 2, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 24 de diciembre de 2020 por escritura pública otorgada ante mí, Repertorio 8143-20, Don BENJAMIN ANDRES VASQUEZ MARQUEZ, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos tres mil seiscientos cinco guion seis, domiciliado para estos efectos legales en calle San Jorge número sesenta, departamento mil trescientos tres, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyó Sociedad Por Acciones, bajo razón social “SERVICIOS CAPITAL SpA”, pudiendo usar ante toda clase de instituciones el nombre de fantasía “SECALI SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Asesoría y consultoría financiera, bancaria, empresarial, tributaria, comercial y gerencial, a todo tipo de personas naturales o jurídicas; b) Servicios financieros relacionados con el estudio y pre-evaluación de antecedentes comerciales de potenciales clientes para los bancos e instituciones financieras; c) La realización de toda clase de inversiones, pudiendo adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles, derechos sociales, acciones, bonos y demás valores mobiliarios; d) La representación de toda clase de empresas nacionales o extranjeras relacionadas directa o indirectamente con las actividades señaladas; e) El desarrollo, gestión y administración de todo tipo de negocios, relacionados directa o indirectamente con las anteriores. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y su duración será indefinida. Capital suscrito y pagado: $2.000.000, que se paga y entera en la siguiente forma: a) BENJAMIN ANDRES VASQUEZ MARQUEZ aporta la cantidad de un millón de pesos, equivalentes al cien por ciento de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero en efectivo, que ingresan a la caja social. Administración: A contar de la fecha de la presente escritura, el Administrador será don BENJAMIN ANDRES VASQUEZ MARQUEZ, cedula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos tres mil seiscientos cinco guion seis, quien podrá actuar con la totalidad de los poderes señalados en el artículo décimo primero de los Estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada, donde se faculta al portador inscribir el presente extracto.- Santiago, 11 de enero de 2021.-