COMERCIALIZADORA PE & ESE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2006
- Notario
- JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Santiago de don Sergio
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Notario Público Titular Santiago, Vicuña Mackenna Oriente N°7163, La Florida, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, doña PATRICIA SONIA PARRA ACUÑA, por si y en representación de doña JAVIERA FERNANDA RUBILAR PARRA y don FELIPE EDUARDO RUBILAR PARRA, todos domiciliados en Pedro de Valdivia número tres mil ciento noventa y uno, comuna de Ñuñoa, modifican sociedad “COMERCIALIZADORA PE & ESE LIMITADA” pudiendo actuar con el nombre de fantasía “PE & ESE LTDA.,” Constituida con fecha 26-09-2006, en la Notaria de Santiago de don Sergio Fernando Novoa Galán, inscrita a fojas 41012 N°29131, Reg. Comercio de Santiago, año 2006, publicada en el Diario Oficial de fecha 17-10-2006. Capital inicial $10.000.000.-, en el siguiente sentido: doña PATRICIA SONIA PARRA ACUÑA,, es dueño del 99% del total de los derechos de la sociedad, y por éste mismo acto, viene en vender, ceder y transferir el total de sus derechos sociales a don FELIPE EDUARDO RUBILAR PARRA, quien los compra, adquiere y acepta para sí, en $14.000.000, los cuales se pagaran en 28 cuotas iguales y sucesivas de $500.000 cada una a contar del 05-02-2021, ingresando de este modo a la sociedad. Como consecuencia de lo anterior quedan como únicos socios y con los siguientes porcentajes, doña JAVIERA FERNANDA RUBILAR PARRA, con el 1% del total de los derechos sociales y don FELIPE EDUARDO RUBILAR PARRA, con el 99% restante de los derechos sociales. Los actuales socios ratifican escritura de constitución de sociedad, en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a doña PATRICIA SONIA PARRA ACUÑA quien tendrá todas y cada una de las facultades establecidas en pacto social constitutivo, las que se dan por reproducidas una a una en este acto. En lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo y modificación. Santiago, 05 de Enero de 2021.-