CDI Servicios Profesionales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2020
- Comuna
- Santiago de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Duración de veinte años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante el titular, con fecha 31 de diciembre de 2020, Gonzalo Eduardo Díaz Soteras, Gloria Andrea Iriondo Bertetti, José Ignacio Díaz Iriondo, María Josefina Díaz Iriondo, Nicolás Antonio Díaz Iriondo y Tomás Díaz Iriondo, todos domiciliados en El Golf 99, piso 7, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “CDI Servicios Profesionales Limitada”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la prestación de servicios de ingeniería, arquitectura, asesoría y consultoría comercial y financiera, contable, de tesorería y recaudación, y otros servicios anexos a los individualizados precedentemente; ii) la realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y iii) el desarrollo de cualquier actividad que tenga relación directa o indirecta con las actividades antes mencionadas. Capital: $1.000.000, que será aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: i) Gonzalo Eduardo Díaz Soteras, $100.000; ii) Gloria Andrea Iriondo Bertetti, $100.000; iii) José Ignacio Díaz Iriondo, $200.000; iv) María Josefina Díaz Iriondo, $200.000; v) Nicolás Antonio Díaz Iriondo, $200.000; y vi) Tomás Díaz Iriondo, $200.000; capital social que se pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la escritura extractada. Administración y uso razón social: Corresponderá a Gonzalo Díaz Soteras, con amplias facultades. En su ausencia, administración corresponderá a los demás socios en la forma que se indica en escritura extractada. Duración: Duración de veinte años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 11 de enero de 2021.