MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CAVALIERI Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 84507800-9 CVE 1879213
Capital
$666.400 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2020
Notario
María Virginia Wielandt Covarrubias
Domicilio
Titular Patricio Raby Benavente
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$666.400 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Público suplente del Titular Patricio Raby Benavente, 5ª Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, Of. 32, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2020, ante mí, Enrique Emilio Cavalieri Valiente, Renzo Patricio Cavalieri Valiente, y Patricia Josefa Cavalieri Valiente, todos por sí y como herederos de la comunidad hereditaria de Josefa Valiente Pérez, todos domiciliados para estos efectos Avenida Eduardo Frei Montalva número 6090, comuna de Quilicura, Región Metropolitana. Modificaron CAVALIERI Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a fojas 13.298 N° 7140 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago 1978. Por la que extracto. Socios acuerdan la siguiente modificación: reemplazar el Artículo quinto de estatutos por siguiente: QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $666.400.- que los socios han aportado y enterado con anterioridad a la presente escritura, en la siguiente forma: Uno) ENRIQUE EMILIO CAVALIERI VALIENTE, la suma de $294.349.-que representan el 44,17 por ciento de los derechos sociales. Dos) RENZO PATRICIO CAVALIERI VALIENTE la suma de $294.349.- que representan el 44,17 por ciento de los derechos sociales. Tres) PATRICIA JOSEFA CAVALIERI VALIENTE, la suma de $71.038.- que representan el 10,66 por ciento de los derechos sociales; y, Cuatro) la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de JOSEFA VALIENTE PEREZ, formada por ENRIQUE EMILIO CAVALIERI VALIENTE, RENZO PATRICIO CAVALIERI VALIENTE, y PATRICIA JOSEFA CAVALIERI VALIENTE, la suma de $6.664 .- que representan el uno por ciento restante de los derechos sociales. Demás modificaciones no son materia de extracto y el resto de las estipulaciones constan escritura extractada. Permanecen vigentes cláusulas pacto social no modificadas expresamente. Santiago, 18 de diciembre 2020. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.-