AGRÍCOLA PAULLIN SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.336.700.903 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo piso, certifico: Por Escritura Pública 23 de diciembre de 2020, ante mí, a) INVERSIONES NOCHACO LIMITADA, debidamente representada por don MATÍAN MENZEL ARENAS y por don AXEL MENZEL ARENAS; y b) INVERSIONES Y SERVICIOS PAULLIN LIMITADA, debidamente representada por don CARLOS MENZEL SIEBERT, todos domiciliados para estos efectos en Félix de Amesti 90, piso 3, comuna de Las Condes, Santiago; modificaron la sociedad AGRÍCOLA PAULLIN SpA inscrita a fojas 41.223 N° 27.493 del año 2013 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: (i) Aumentar el capital social de la suma de $772.180.903, dividido en 772.180.903 acciones ordinarias nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la suma de $1.336.700.903 dividido en 1.336.700.903 acciones ordinarias nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, esto es, en la suma de $564.520.000, mediante la emisión de 564.520.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que son íntegramente suscritas y pagadas en este acto por INVERSIONES Y SERVICIOS PAULLIN LIMITADA, mediante la capitalización del crédito de que es titular en contra de la sociedad AGRÍCOLA PAULLIN SpA. (ii) Modificar el artículo Quinto Permanente de los estatutos sociales relativo al capital, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $1.336.700.903, dividido en 1.336.700.903 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos.”. (iii) Modificar el Artículo Primero Transitorio referido al pago del capital en la forma señalada en la escritura extractada. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2021.-